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El 6 de junio de 2018, con motivo del Día Mundial del Medio Ambiente (5 de junio), se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) 10 decretos para establecer reservas de aguas nacionales superficiales.
Estos decretos consisten fundamentalmente en el levantamiento de vedas en 295 cuencas de las 757 que tiene el país y aplica exclusivamente para aguas superficiales de los escurrimientos de esas cuencas. No afectan concesiones de aguas subterráneas y tampoco implica la privatización del recurso, como se dice en algunos medios.
La publicación de los decretos, que implican cambios de muy alto impacto, se dio de manera sorpresiva, sin anuncios previos ni publicidad de ninguna especie. Justo al final del sexenio y de la campaña electoral, lo cual da indicios de un clásico albazo.
Sin embargo, los decretos deberían obedecer a una necesidad plasmada en acuerdos de los Consejos de Cuenca, a una presión socio-económica por parte de usuarios, agricultores, municipios y a una serie de estudios técnico–justificativos complejos que normalmente lleva mucho tiempo realizarlos.
Los Consejos de Cuenca son instrumentos de participación ciudadana, plasmados en la Ley de Aguas Nacionales, conformados por autoridades, técnicos, organismos operadores municipales, empresarios, agricultores y asociaciones civiles. Se reúnen regularmente para establecer políticas de eficiencia, buen uso y protección de las cuencas.
Una solicitud para emitir decretos de esta naturaleza, debe —en principio— proceder de los Consejos de Cuenca, porque es en estos organismos donde mejor se conoce la situación regional. También pueden originarse por la propia Comisión Nacional del Agua (Conagua), pero siempre se deben discutir al interior de los consejos. Son procesos largos, muy conocidos a nivel nacional y siempre deben estar alineados al Programa de Ordenamiento Ecológico General Territorial (POEGT).
Un problema muy grave en todo el país es la pérdida de sustentabilidad en las cuencas. No se han actualizado los estudios de disponibilidad en función de los cálculos de volúmenes de escurrimientos y la realidad es que no se pueden garantizar los escurrimientos por decreto.
Actualmente hay menores volúmenes de escurrimientos de agua superficial como consecuencia de la deforestación, los asentamientos urbanos desordenados en áreas de bosques y selvas, así como por la pérdida de suelo por erosión, debido a que no se cumple el ordenamiento ecológico; por otra parte, la mayoría de los afluentes están muy contaminados por descargas de aguas negras sin tratamiento por parte de los municipios y por el uso excesivo de agroquímicos.
Además, los decretos, en promedio, reservan 29% de los volúmenes estimados de escurrimientos para otros usos; aquí hay que poner atención porque es probable que se inicien ante la Conagua las solicitudes de concesiones para diversos proyectos.
Es importante la participación social a través de los consejos para evitar concesiones perjudiciales en las cuencas. Es el caso del levantamiento de la veda en la cuenca de San Fernando–Soto la Marina, donde ya se asoman los proyectos para la explotación de gas natural a través de fracking.
Veo tres aspectos negativos en estos decretos: 1) aparentar políticas sustentables al hablar de caudales ecológicos, cuando en realidad se ha abandonado la política de desarrollo con visión de cuenca; 2) intereses de proyectos que se quieren aprobar al vapor en el tramo final de esta administración, y 3) la poca participación de los consejos y la certeza de que los decretos no obedecen a estudios técnico–justificativos suficientes.
Otras asociaciones se han manifestado en el mismo sentido como el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda); la AMEXUR, que asocia a unidades de riego de todo el país, así como los institutos de Geografía y de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, lo que obliga a una revisión de fondo y a la impugnación jurídica de estos decretos.