Desde el 4 de junio de 2019, las disposiciones que permitían el matrimonio a partir de 16 años para los hombres y a partir de 14 para las mujeres —es decir, lo que se conoce como matrimonio infantil— quedaron derogadas en todos los estados del país, a excepción de Baja California. Finalmente, el año pasado, el Congreso de Baja California prohibió el matrimonio infantil, con lo cual éste quedó erradicado, desde el punto de vista legal, en todo México (ahora, en ambos sexos, la edad mínima para casarse es 18 años).
Sin embargo, lo que podría considerarse la solución a una problemática social añeja, no lo es en absoluto, pues la unión conyugal entre menores de edad sigue dándose a lo largo y ancho del país.
“Éste no es un fenómeno exclusivamente demográfico, sino un fenómeno que tiene que ver sobre todo con la violencia en contra de las mujeres. Resulta casi imposible suponer que una relación afectiva lleve a dos personas a contraer matrimonio en la infancia, en especial porque los datos a los que podemos acceder muestran que, en cuanto a las edades de los contrayentes, hay una gran diferencia”, dice Carlos Welti Chanes, investigador del Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM.
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De acuerdo con el investigador universitario, difícilmente se puede encontrar una unión conyugal de una niña de 14 años con un niño de la misma edad, por ejemplo.
Gran logro, pero insuficiente
No se puede ni se debe negar que la prohibición del matrimonio infantil a nivel nacional ha sido un gran logro. Pero una cosa es el matrimonio, o sea, la formalización de una unión conyugal, y otra cosa es la unión conyugal.
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“Lo que ha hecho la reforma del Código Civil es prohibir el matrimonio entre menores de edad; no obstante, esta reforma no tiene implicaciones en el ámbito de la unión conyugal entre individuos que aún no cumplen 18 años”, apunta Carlos el investigador de la Universidad Nacional.
El problema es que, muchas veces, este fenómeno no aparece en toda su dimensión porque, como el matrimonio infantil ya está prohibido, la gente de determinados estados del país que tiene conocimiento de alguna unión conyugal entre menores no se atreve a hablar de ella.
Por fortuna, para entender este fenómeno en toda su dimensión, los investigadores pueden recurrir a las encuestas especializadas, como la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica (ENADID), cuya edición más reciente es de 2018.
“Gracias a esta encuesta he podido analizar no solamente los matrimonios infantiles, sino también el inicio real de las uniones conyugales. Así, el porcentaje de mujeres de 15 años o menos que declararon haberse casado es tan sólo de 0.1%, pero esto de nuevo alude a una realidad deformada que se basa en el inicio formal del matrimonio. En cuanto al porcentaje de mujeres de menos de 15 años que dijeron haber establecido una unión conyugal, es de 3%”, indica el investigador.
Asimismo, hay que señalar que 5% de las mujeres de 40 a 44 años ya había establecido una unión conyugal antes de cumplir 15 años. Ahora bien, a pesar de que el porcentaje de mujeres de menos de 15 años en esta condición ha disminuido con el tiempo, todavía es significativo.
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“A mí me parece una situación extremadamente preocupante tener un porcentaje de niñas en unión conyugal de esa magnitud, cuando éstas deberían estar en la escuela, aunque sea tomando clases a distancia, y no en casa, atendiendo las obligaciones de una unión conyugal.”
Medidas fundamentales
Antes de su prohibición, el matrimonio infantil constituía una forma de dar sentido legal a un futuro embarazo o, bien, al nacimiento previo de un niño o una niña.
“Éste era el argumento en algunas entidades: prohibir el matrimonio entre menores de edad dejaba en la indefensión a la madre y al niño o a la niña que acababa de nacer. Por eso digo que lo que el matrimonio infantil revelaba de manera muy clara era una situación de violencia, porque, indudablemente, un embarazo a esa edad es producto de una violación, y con aquél se trataba de dar carpetazo, como se suele decir, a un hecho violento. Esto sucedía en este país y yo creo que sigue sucediendo, aunque no se formalice una unión conyugal por medio del matrimonio”, observa Welti Chanes.
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A final, el hecho de que se haya modificado la normatividad canceló la posibilidad de que se siguieran dando matrimonios infantiles como en el pasado reciente, pero no eliminó la problemática de las uniones conyugales entre menores de edad.
“Por eso, como sociedad, no podemos quedarnos únicamente con la reforma legal que ya se hizo. Tenemos que poner en marcha dos medidas fundamentales para que las niñas se desarrollen en otros ámbitos que no sean el de la vida conyugal y el de la maternidad: asegurar que no interrumpan su formación en la escuela y generar condiciones que eviten la violencia hacia ellas. Estas dos medidas se pueden implementar sin necesidad de esperar que otros cambios se produzcan”, finaliza el investigador.