Los contribuyentes que tengan adeudos con el que podrían ser multas derivadas de la , ahora podrán pagar a plazos y con una reducción en el monto de las sanciones.

Para ello, puedes ir agendando tú cita y de una vez poner punto final y regularizar tú situación ante el SAT.

Así lo dio a conocer el órgano recaudador de impuestos en un comunicado, en el cual se precisa que las facilidades van dirigidas a las y empresas con algún pago pendiente y las mutas generadas por omitir obligaciones fiscales.

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Se trata de algún adeudo determinado por la autoridad o autodeterminado por el propio contribuyente, en los que podrán solicitar un pago a plazos, la reducción de multas y tasa de recargos.

Al respecto el fiscalista Jesús Rodríguez Ambriz, explicó que las facilidades pueden ser por el pago pendiente de la declaración anual o un adeudo pasado. Tiene la ventaja de que se podrá condonar.

Por eso, consideró que es una buena medida que favorecerá a todos los contribuyentes deudores con un adeudo “firme”, es decir en los casos en que la autoridad ya inició facultades y se debe pagar.

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“El adeudo se compone del impuesto que se debe más la actualización de los recargos y las multas; la ventaja administrativa es la condonación del 100%”, destacó en entrevista con .

La condonación sólo aplica a las multas, enfatizó, mediante esta facilidad administrativa para ir pagando poco a poco.

l SAT señaló que incluso los interesados pueden solicitar una reducción de hasta 100% de la multa. Foto: Archivo
l SAT señaló que incluso los interesados pueden solicitar una reducción de hasta 100% de la multa. Foto: Archivo

SAT estable dos modalidades de pago para adeudos

Para ello, el SAT estableció dos modalidades de pago para ponerse al corriente.

Determinó el pago en parcialidades que funciona cuando el adeudo se puede liquidar hasta en 36 meses, con un desembolso inicial de al menos 20% y una tasa de interés fija, de acuerdo a las parcialidades elegidas que pueden ser de uno a 12 meses cuya tasa será de 1.26%.

De 13 a 24 meses con una la tasa es de 1.53%, y por último de 25 a 36 meses la tasa es de 1.82%

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Pago Pago diferido: Es cuando el causante hace un pago inicial de al menos 20%, y puede elegir cuándo quiere liquidar el resto del adeudo en una sola exhibición, en un plazo no mayor a 12 meses.

El SAT señaló que incluso los interesados pueden solicitar una reducción de hasta 100% de la multa, dependiendo de la antigüedad de la misma, así como una reducción a la tasa de recargos.

Para lo cual, estableció que es importante que el contribuyente realice el pago de la parte no reducida dentro del plazo concedido, para que los beneficios otorgados surtan efectos.

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Debido a que cada caso es particular, el SAT está invitando a los contribuyentes a programar una cita en , dar clic en Registrar cita, elegir la opción “Adeudos y Multas” y acudir a la oficina en la fecha y hora elegida para conocer el monto de su adeudo y las facilidades de pago a las que son candidatos, así como el paso a paso para ser beneficiario.

De igual forma, pueden recibir orientación en:


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sg/mcc

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