Más Información
Sindicato de controladores aéreos alerta por malas condiciones en infraestructura y comunicaciones; denuncia además falta de pagos
Se estrella avión de Jeju Air en aeropuerto de Corea del Sur y reportan al menos 120 muertos; sigue aquí el minuto por minuto
VIDEO: Así fue el momento en que el avión de Jeju Air se estrella en Corea del Sur; iban 181 personas a bordo
Líder de MC en Michoacán pide investigar a Anavel Ávila, alcaldesa de Coalcomán; la edil agradeció a “El Mencho” y al CJNG por juguetes
“¡Arráncate, Coalcomán!”; así fue la campaña de Anavel Ávila, ligada al “Mencho”, con Movimiento Ciudadano
Sheinbaum anuncia construcción de Farmacias del Bienestar en 2025; asegura habrá medicamentos gratuitos para personas vulnerables
Este jueves el medio estadounidense The New York Times reveló en una nota periodística que, presuntamente, la Fiscalía de la Ciudad de México, institución a cargo de Ernestina Godoy, "espía" a personajes políticos de oposición, con base en un expediente reconocido por Telcel.
Por su parte, el responsable de Comunicación Corporativa de Grupo Carso y América Móvil, Renato Flores Cartas, dijo que dicha empresa de telecomunicaciones, así como todos los operadores, está obligada a proporcionar información a las Fiscalías con base en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Lee también: ¿Una fiscalía puede pedir los registros de tu teléfono?
A través de su cuenta de X, anteriormente Twitter, señaló que: "En relación a la información dada a conocer por el @nytimes, les comento que @Telcel y todos los operadores están obligados, con base en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, entre otros, a proporcionar información a las Fiscalías".
¿Fiscalías pueden intervenir comunicaciones?
Ante el reportaje se sostiene la duda sobre las condiciones bajo las cuales la Fiscalía puede intervenir las comunicaciones como parte de alguna investigación o por espionaje. De acuerdo con el artículo 177 del Código Penal Federal se establece que está prohibido y es ilegal realizar este tipo de actividad.
En el artículo 16 de la Constitución o la Declaración Universal de Derechos Humanos declaran el derecho de cualquier persona a la privacidad de las comunicación.
La sanción será de cinco años o una multa económica de quinientos pesos, además de la suspensión de su profesión a quien revele datos privados o los utilice indebidamente.
Lee también: "Esta institución no espía a políticos": Fiscalía CDMX rechaza haber solicitado registros telefónicos
Sin embargo, en el Código Nacional de Procedimientos Penales se le otorga la facultad de ordenar la entrega de datos a concesionarios de telecomunicaciones, como el caso de Telcel y deberá avisar a un Juez de control sobre la autenticidad de estos.
En el Código describe que esta orden sólo se podrá hacer cuando una persona se encuentre en riesgo por algún delito o privación ilegal de la libertad.
*Con información de Tania Juárez
rtd/rmlgv