La Confederación de Cámaras Industriales ( Concamin ) dijo que la decisión de legalizar
afectará gravemente a la industria automotriz , además de que significa legalizar el contrabando .
El Decreto del pasado 19 de enero para legalizar autos usados procedentes de Estados Unidos y Canadá les preocupa por el impacto que tendrá como la afectación a los empleos, “la seguridad de los transeúntes y el medio ambiente, así como en el bienestar de miles de familias que dependen del sector automotriz mexicano”.
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Recordó que con ese decreto de enero a julio de 2022, diez entidades federativas “podrán regularizar autos chocolates lo que afectará gravemente a la industria automotriz, misma que representa casi una tercera parte de la producción manufacturera de México”.
El presidente de la Concamin , José Abugaber Andonie añadió: "Sabemos que gran parte de las familias mexicanas han encontrado en esta práctica la solución para cubrir sus necesidades de un auto a menor costo, sin embargo, existe la posibilidad de que estos hayan sido utilizados para cometer algún delito, además del gran riesgo de que el país se llene de chatarra".
Se pueden regularizar autos chocolate en 10 estados del país
El gobierno federal publicó el decreto por el que se otorgan facilidades administrativas y estímulos para la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera, conocidos como autos chocolate , que se encuentren en los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, Durango, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas , y no cuenten con el documento que acredite su legal estancia en el país.
El decreto del Diario Oficial de la Federación (DOF) señala que los vehículos usados cuyo Número de Identificación Vehicular corresponda al de fabricación o ensamble del vehículo en México, Estados Unidos de América o Canadá, podrán ser importados definitivamente sin que se requiera certificado de origen, permiso previo de la Secretaría de Economía, ni inscripción en el Padrón de Importadores.
Esto, siempre y cuando el vehículo se hayan encontrado al 19 de octubre de 2021 en el territorio de las 10 entidades de la República mencionadas y no cuenten con el documento que acredite su legal estancia en el país, el modelo del vehículo sea de ocho o más años anteriores a aquél en el que se realice la importación definitiva; el propietario que realice la importación sea persona física, mayor de edad y residente en alguno de esos estados y se cubra un aprovechamiento de dos mil 500 pesos.
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