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Con la Reforma fiscal 2022 entró en vigor la obligación de facturar y emitir los recibos de nómina bajo la nueva versión 4.0, sin embargo será obligatoria a partir de abril próximo.
Así que todos los emisores de éstos comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) deberán hacerlo bajo las nuevas reglas; incluye a los recibos de nómina.
Con el objetivo de que las empresas se adapten a esta nueva facturación, el servicio de Administración Tributaria (SAT) dio una prórroga y ahora esta nueva versión entrará en vigor a partir de abril a pesar de que en un inicio se había contemplado el 1 de enero de 2022.
¡Recuerda! Ya no podrás refacturar comprobantes fiscales con timbrado de 2022 a partir de esta fecha
Qué contiene
La versión 4.0 debe llevar de manera obligatoria el nombre de la persona o empresa, el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), y código postal del domicilio fiscal del emisor y del receptor.
Incluye campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías.
Además, Identifica si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos.
Datos mínimos que se deben conocer del cliente
Los datos mínimos, que deberás conocer de tu cliente para emitir su factura son: RFC, nombre o denominación o razón social, régimen fiscal y código postal de su domicilio fiscal.
¿Se puede emitir la factura aunque no se conozca el régimen fiscal?
Únicamente se podrá emitir la factura electrónica si el receptor proporciona su régimen fiscal, ya que dicha información es obligatoria.
El SAT da el servicio de facturación a través de la aplicación Mis Cuentas con diversos apartados que ayuda a los contribuyentes a cumplir con sus obligaciones fiscales de manera fácil y sencilla como por ejemplo la versión 4.0 para la facturación.
La pueden utilizar tanto las empresas como personas físicas y sirve para generar de forma gratuita las facturas en el portal del SAT para lo cual se requiere tener la forma electrónica y la Contraseña.
Es importante considerar estos datos porque ya no se podrá facturar bajo la versión actual 3.3 y el documento no será válido.
Es decir que no servirá como comprobantes fiscal para hacer deducciones de impuestos por gastos personales o por la nómina para las empresas.
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rcr