La publicación de las tasas efectivas del impuesto sobre la renta (ISR), por parte de la autoridad, no implica en automático consecuencias fiscales para los grandes causantes, aseguró la .

Explicó que su utilidad es que las personas Grandes Contribuyentes o empresas, puedan consultar la correspondiente a la actividad económica a la que pertenecen y compararla con su propia tasa efectiva del ISR de cada ejercicio fiscal.

Ello con el propósito de medir sus riesgos impositivos y, de ser el caso, corregir su situación fiscal mediante la presentación de las declaraciones anuales complementarias que correspondan.

De esa manera, indicó, se minimiza la posibilidad del inicio de revisiones profundas orientadas a corroborar el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

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Recordó que la publicación de las tasas efectivas no es una medida nueva, ya que con la reforma fiscal para 2021 se adiciona el inciso i) a la fracción I del artículo 33 del Código Fiscal de la Federación (CFF).

Así, se faculta a la autoridad fiscal para dar a conocer en forma periódica y en general a las personas contribuyentes del ISR, parámetros de referencia con respecto a la utilidad, conceptos deducibles o tasas efectivas de impuesto que presentan otras entidades o figuras jurídicas que obtienen ingresos, contraprestaciones o márgenes de utilidad por la realización de sus actividades con base en el sector económico o industria a la que pertenecen.

Prodecon refirió que el SAT ha agrupado a la población contribuyente cuya actividad económica preponderante sea la misma, partiendo de la información correspondiente a la actividad económica manifestada ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

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También realiza el análisis de la información contenida en las bases de datos institucionales a efecto de agrupar a las personas contribuyentes en la actividad económica que corresponda a la mayoría de sus ingresos y, posteriormente, calcula la tasa efectiva promedio correspondiente al ejercicio fiscal en cuestión usando la información reportada en la última declaración anual del impuesto sobre la renta.

Mencionó que la publicación de dichas tasas efectivas, se contempla en el Plan Maestro de Fiscalización y Recaudación 2023 del SAT como uno de los ejes para fortalecer las acciones de fiscalización mediante una estrategia coordinada.

La primera publicación contempla 40 actividades económicas de cinco sectores económicos que son: servicios financieros y de seguros, comercio al por mayor, comercio al por menor, industrias manufactureras, y minería.

Para dichas actividades se publicaron tasas efectivas que van del 1% al 10.54%, dependiendo del año y la actividad económica.

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