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Actualmente, de acuerdo con el Contrato Colectivo de Trabajo 2018-2020 vigente, que regula las relaciones laborales entre CFE y el SUTERM, los 140 mil 350 electricistas, entre empleados de confianza y sindicalizados tienen una serie de prestaciones a las que otros trabajadores del país difícilmente pueden aspirar.
Tienen, por ejemplo, 63 días de salario tabulado como pago de aguinaldo; prima dominical, si el trabajador presta sus servicios el día domingo, equivalente a 25% más de su salario; un bono de 70 días de salario diario tabulado por desempeño individual —este beneficio lo reciben los secretarios de las secciones sindicales acreditados por el SUTERM que cuenten con permiso de goce de sueldo así como los delegados sindicales.
Disfrutan de un periodo anual de vacaciones con pago anticipado de salario y ayuda de vacaciones (prima vacacional), a la que se calcula la renta mensual de casa y fondo de ahorro que va de 12 a 50 días del pago diario, dependiendo del salario y escalafón del trabajador.
Tienen derecho a permisos con goce de salario: cinco días laborales por nacimiento de hijos o adopción de infantes para hombres y seis semanas posteriores al día en que reciben a un infante en caso de adopción para madres trabajadoras.
Gozan de un fondo de ahorro en donde depositan 6.5% de su salario y la CFE otorga 32.3% sobre el salario y tiempo extraordinario.
Además tienen fondo de previsión equivalente a 10% de salarios y tiempo extraordinario, cuyo importe es entregado en la primera catorcena de enero de cada año.
Por renta de casa, la comisión abona a los trabajadores de base a su servicio 48% sobre su salario y tiempo extraordinario.
La CFE suministra gratuitamente a sus trabajadores de base energía eléctrica o equivalente al costo de 350 kilowatts-hora, en donde no hay redes de distribución.
Gozan también de un fondo de habitación y servicios sociales creado por la CFE y el SUTERM, con el fin de solucionar el problema de la habitación de los trabajadores y otorgarles financiamiento para la adquisición, construcción, remodelación, ampliación o reparación de casas-habitación y liberación de gravámenes hipotecarios.
Tienen ayuda para despensa equivalente a 32.1% sobre el salario diario tabulado y ayuda para transporte equivalente a 30.97%.
Gozan de compensación por fidelidad, que se sustenta en la actitud de trabajadores y no su antigüedad, y se paga 1% anual de su salario por año de servicio.
Para tener acceso a los beneficios que el sindicato logra obtener, los trabajadores entregan cuotas sindicales ordinarias que representan 2% de su salario tabulado.