Las mujeres fueron las principales víctimas del delito de fraude y extorsión de los llamados “montadeudas”, señaló la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Así lo pone de manifiesto en el documento sobre la tipología de este delito mediante el cual se hace un recuento del desarrollo y cierre del caso así como de las conclusiones a las que se llegaron en donde miles de personas resultaron defraudadas con préstamos inmediatos con mínimos requisitos y sin consultar el buró de crédito, contratados a través de aplicaciones móviles.
Se pondera que el hecho de que muchas mujeres resultaran víctimas de esos delitos devela la desigualdad en el acceso a la educación financiera y en la brecha para garantizar un ahorro o ingreso suficiente generando la violencia sistémica a la que siguen expuestas.
Durante 2022 se identificaron 11 mil 594 denuncias ciudadanas bajo la modalidad descrita, indican datos del Consejo Ciudadano para la Seguridad Jurídica de la Ciudad de México.
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Según el reporte, la UIF incorporó a la Lista de Personas Bloqueadas a 29 sujetos (24 personas morales y 5 personas físicas) y formuló una denuncia en contra de la empresa fachada, el Consejero de Administración y la Apoderada Legal.
Hace ver que la desigualdad, la pobreza, la falta de empleo, la acumulación de deudas, la falta de inclusión financiera y de acceso a créditos formales, el desconocimiento del sector financiero y digital, la dificultad para distinguir entre una empresa fraudulenta y una empresa que opera legalmente, son algunos de los factores que facilitaron la tarea de los “montadeudas”.
Al no cumplir con el o los pagos, los usuarios (víctimas) recibían mensajes de intimidación, amenazas de muerte, videos de decapitaciones y torturas, imágenes con sus fotos que incluyen mensajes de desprestigio, acusándolos de estafadores, defraudadores y ofreciendo servicios sexuales a los contactos registrados en su celular.
Estas aplicaciones eran utilizadas por empresas, las cuales se ostentaban como entidades financieras, sin contar con autorización.
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También señala la responsabilidad que pudieron tener los sujetos obligados, en este caso los bancos y las instituciones de tecnología financiera (Fintech), por no haber detectado posibles riesgos de sus clientes, dado que los "montadeudas" a través de empresas fachada tenían cuentas en esas entidades y lograron mover tan sólo en un mes 600 millones de pesos.
Los recursos salieron de las cuentas de los bancos a la Fintech, de dónde a través de esta se dispersaban a los usuarios.
No obstante, como parte de las acciones de debida diligencia que realizan a sus clientes, estas instituciones debieron contemplar el uso de bases públicas como el Sistema del Registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES) y/o Padrón de Entidades Supervisadas y Buscador de Entidades Autorizadas para Captar (PRES).
Esto lo destaca debido a que se detectó que las 24 empresas se ostentaron a través de diversas redes sociales o utilizaron nombres comerciales como intermediario o entidad financiera por sí o a través de otra persona sin contar con autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para ello.
Dicha situación pudo ser advertida por los sujetos obligados al realizar la debida diligencia de sus clientes, a fin de constatar si estaban autorizados para operar como entidad financiera y/o intermediario, con la consulta de estas bases de datos públicas: el SIPRES y /o PRES.
Otro elemento que resalta la unidad antilavado de la SHCP, es la afectación reputacional y de confianza que sufrieron las instituciones financieras que operan lícitamente en el país a consecuencia de este fenómeno.
Por ello, considera que es importante que banca múltiple e instituciones de tecnología financiera, al hacer la debida identificación de sus clientes, incluyan estas señales de alerta, a fin de evitar que estos esquemas utilicen sus sectores para lavar dinero y generen un riesgo en el sistema financiero nacional.
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