El pasado 5 de febrero se publicaron en la Gaceta del Senado las iniciativas de leyes secundarias para implementar la reforma constitucional en , y el consideró que la nueva legislación de hidrocarburos no incentiva la inversión ni la eficiencia.

En un análisis previo, el Instituto evalúa el panorama de las reformas enfocadas en el sector de hidrocarburos, destacando los elementos centrales de las ocho iniciativas.

Indica que las , implementadas por la Empresa Pública del Estado, Pemex y la Comisión Nacional de Energía, así como las propuestas de ingresos sobre Hidrocarburos y del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, representan un cambio normativo en el sector desde la ejecución de la reforma energética de 2013/14.

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Elementos destacables de las reformas en hidrocarburos

Régimen fiscal de Pemex: Se establece un nuevo derecho diseñado como regalía sin posibilidad de deducciones, sin distinguir entre campos. En este sentido, hay pocos incentivos para la eficiencia y la inversión.

  • Los tres gravámenes que están bajo el cargo de la empresa mexicana en las áreas de la exploración y extracción de hidrocarburos se unen en un único derecho petrolero para el bienestar.

Esta iniciativa plantea tres principales ejes para las activadas de exploración y producción de hidrocarburos, las asignaciones para desarrollo propio, las asignaciones para desarrollo mixto y los contratos para la exploración y extracción.

El IMCO indicó que Pemex se encargará de manera exclusiva de  las nuevas asignaciones en el sector de la participación privada. Foto: Archivo | El Universal
El IMCO indicó que Pemex se encargará de manera exclusiva de las nuevas asignaciones en el sector de la participación privada. Foto: Archivo | El Universal

Asignaciones: Pemex se encargará de manera exclusiva de las asignaciones, tanto las de desarrollo propio, como las de desarrollo mixto, donde la empresa podrá tener socios.

En este punto, Pemex deberá contar con una participación de al menos 40% en las asignaciones mixtas, y se indica que para la empresa un reto central para aumentar su credibilidad es reducir su deuda con proveedores y contratistas, que al cierre del tercer trimestre de 2024 se ubicó en 402.9 mil millones de pesos.

Contratos para exploración y extracción: Esta figura permitiría tanto a Pemex como a privados desarrollar campos de hidrocarburos con términos económicos establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para cada contrato.

Aquí, la Secretaría de Energía será la encargada de realizar la licitación abierta, en la que podrán participar empresas nacionales e internacionales.

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En los casos de los yacimientos transfronterizos donde exista algún riesgo de que otra nación extraiga petróleo o gas, Pemex deberá participar con al menos 20% de la inversión.

El IMCO señala que mientras que en la legislación de 2013/14 se planteaba que los contratos fueran la norma y las asignaciones la excepción, estas iniciativas invierten el orden y establece el otorgamiento de contratos como excepción.

Planeación y regulación: En este punto la Secretaría de Energía se consolida como el actor principal en la planeación y regulación del sector de hidrocarburos.

El Instituto señala que un potencial conflicto de interés, pues la Secretaría ocuparía tres de los ocho asientos del comité técnico de la nueva Comisión Nacional de Energía.

Propuestas del IMCO en las leyes del Sector Hidrocarburos

Ante esas observaciones, el IMCO presentó algunas propuestas:

  • Establecer que el instrumento para la exploración y extracción de hidrocarburos corresponda a las necesidades y nivel de riesgo específico de cada yacimiento.
  • Concentrar los permisos para petrolíferos y gas natural en la Comisión Nacional de Energía.
  • Incorporar a representantes de las secretarías de Hacienda y Economía en el comité técnico de la Comisión Nacional de Energía.
  • Mantener el reporte desglosado de estados financieros de Pemex desglosado a nivel unidades de operación para contar con información granular sobre la situación de cada área de la empresa.
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    sg/mcc

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