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En México, la relación comercial entre las armadoras y los distribuidores de autos no está regida bajo un mismo marco jurídico como en Estados Unidos y Canadá, lo que deja en situación de vulnerabilidad a algunas agencias. Para analizar la situación de esas relaciones, la Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores (AMDA) solicitó ayuda al Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

Los investigadores hicieron un estudio de derecho comparado entre varios países, y especialmente en EU. Encontraron que en los estados de California, Michigan y Florida la relación comercial entre plantas y distribuidores está bajo un régimen legal más homologado que en México.

Juan Vega Gómez, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, comentó que en esos estados está claramente determinado el radio de acción de una distribuidora (dos millas), así como el procedimiento que se debe seguir para abrir una nueva agencia en la zona, el proceso de reubicación de alguna a petición del fabricante, los servicios de post-venta que debe ofrecer el distribuidor, así como el proceso de transferencia de propiedad de un distribuidor.

En California incluso existe el New Motor Vehicle Board, un órgano autónomo integrado por miembros del gobierno, la iniciativa privada y los fabricantes de vehículos, con abogados en arbitraje comercial, en el cual las agencias pueden tener audiencias para exponer ciertas situaciones con el fabricante, sin necesidad de llegar a los tribunales. En cambio, en México cada distribuidor tiene un contrato diferente dependiendo del tipo de marca o fabricante con quien trabaje. Durante el seminario Implicaciones del Régimen Jurídico de la Comercialización de Automotores en México, el director general adjunto de AMDA, Guillermo Rosales, comentó que los distribuidores de autos esperan que el Estado reconozca el valor del sector y fortalezca el débil régimen jurídico que lo regula.

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