La imposición de controles volumétricos a empresas que no comercializan pero que consumen energéticos para su operación es una acción limitada para combatir el robo de combustibles, mejor conocido como , señalaron expertos.

“Sí se va a tener más control, pero eso por sí mismo no termina con el robo, pues hablamos de grupos organizados que tienen en sus redes de acción ilegal a agentes en las aduanas, en Pemex, en los ductos, en comunidades, en policías que saben dónde está la venta.

“Se necesita una estrategia mucho más amplia en la que actúen Hacienda, Sedena, Energía, Marina, Gobernación, Pemex, y eso sería más allá de los medidores. Este ya es un problema de seguridad nacional”, expuso Susana Cazorla, socia consultora de SICEnrgy.

Lee también:

El pasado 30 de diciembre de 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución Miscelánea Fiscal 2025, la cual entró en vigor el pasado 1 de enero, y con la cual se modifica la regla 2.6.1.2. donde se establece el listado de los sujetos obligados a llevar controles volumétricos de hidrocarburos (petróleo, gas natural y sus condensados) y petrolíferos (gasolinas, diesel, turbosina, combustóleo, mezclados o no con otros componentes, así como gas licuado de petróleo y propano).

Para Arturo Carranza, director de Proyectos de Energía en Akza Advisors, es una medida que busca acabar con un problema grande.

“Ahora no nada más las empresas comercializadoras tendrán que hacer frente a este cumplimiento. Hace falta comunicación sobre este programa; si bien no es nuevo para empresas que tienen permisos de la CRE o Sener para importar y comercializar, no para terceros que lo usan en su operación”, dijo.

Ahora, las personas físicas o morales obligadas a presentar reportes de cuánto combustible almacenaron y usaron serán las que tengan permisos de la CRE o Sener, sin importar sus transacciones.

Lee también:

También los usuarios que almacenen o utilicen petrolíferos o gas natural para uso propio o autoconsumo y que cuenten con un consumo anual de gas natural superior a 5 mil Gigajoules (GJ) al año (obligación preexistente desde enero de 2023) y con un volumen igual o mayor a 75 mil 714 litros mensuales.

Santiago Sala, director de gas natural de la consultora Enegence, expuso que en cifras la obligación pasará de abarcar a 30 mil empresas a uno de 180 mil, de diversos rubros.

“Las empresas van a tener que invertir entre 15 mil y 20 mil dólares en medidores, para evitar multas de 30 mil pesos al mes o hasta 5 millones por incumplir, o hasta perder la facultad de facturar”, añadió.

Únete a nuestro canal ¡EL UNIVERSAL ya está en Whatsapp!, desde tu dispositivo móvil entérate de las noticias más relevantes del día, artículos de opinión, entretenimiento, tendencias y más.

Google News

TEMAS RELACIONADOS

Comentarios

Noticias según tus intereses