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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) emitió las reglas para ajustar el valor de los hidrocarburos para el pago del Derecho Petrolero para el Bienestar a cargo de Petróleos Mexicanos (Pemex), vigente desde el 19 de marzo del 2025.
En un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se indica que se observa la necesidad de precisar y establecer el alcance de algunos aspectos de dicho proceso, en cuanto a la forma de cálculo y de ajuste del valor de los hidrocarburos extraídos que se utilizarán para determinar el derecho petrolero para el bienestar establecido en los artículos 39 y 40 de Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.
Se trata del nuevo impuesto que se calculará en función del valor de los hidrocarburos extraídos por una tasa base de 30%, más una sobretasa en función del precio del crudo.
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Cuando el precio del petróleo sea inferior a los 57.8 dólares por barril, Pemex pagará menos de 30% de tasa y cuando el valor sea superior, pagará más.
¿Cómo se determina el precio promedio del barril de crudo?
Para la determinación del precio promedio del barril de cada tipo de crudo, Pemex deberá clasificar los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de la venta de cada tipo de petróleo exportado en el periodo de acuerdo a los grados API y al contenido de azufre del volumen de Petróleo enajenado en el periodo que se declarará.
Los grados API, conocidos así por sus siglas en inglés American Petroleum Institute, son una medida de la densidad del petróleo en comparación con el agua.
Indican si un petróleo es más ligero si tiene más de 10 grados API o más pesado con menos de 10 grados API que el agua.

Se calcularán los ingresos y barriles provenientes de la exportación por cada tipo de petróleo, en moneda nacional, en el periodo conforme a las fórmulas definidas por la dependencia que se dan a conocer en el acuerdo del DOF.
La determinación del valor del petróleo extraído en cada periodo se hará exclusivamente para el cálculo de la determinación del pago anual y pagos provisionales mensuales del derecho petrolero para el bienestar.
Únicamente se podrán disminuir las devoluciones, descuentos y bonificaciones o aumentar los ingresos adicionales derivados de la venta de petróleo cuando las mismas provengan de ajustes a la calidad de los hidrocarburos.
Se indica que según lo establecido por el artículo 49 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, Pemex deberá presentar ante la SHCP reportes anuales y trimestrales de las inversiones, costos y gastos que se hayan realizado por cada campo de extracción de hidrocarburos.
Lo anterior debido a que la Secretaría de Hacienda tiene la facultad para emitir disposiciones que regulen su la presentación de dichos informes.
Por eso, podrá solicitar la información adicional que considere conveniente en relación con los reportes anual y trimestral.
sg/mcc