Más Información
Arde Michoacán: Se enfrentan militares y célula del CJNG en Zitácuaro; reportan narcobloqueos e incendios de comercios
Caso “Billy” Álvarez: Dictan prisión preventiva a exdirector La Cruz Azul; lavó cerca de 114 mdp en 7 empresas fantasma
Otra vez en Michoacán, realizan homenaje a “El Mencho” en Tanhuato; acompañan con fuegos artificiales, banda y foto gigante
FOTOS Bendicen lomitos, michis, conejos y hasta gallinas por San Antonio Abad; “son parte de nuestras vidas”, explican
Ante retorno de Trump, EU despliega alambre de púas contra migrantes en la frontera; refuerza seguridad
CDMX
.- Hoy que inicia la temporada para la presentación de la declaración anual de impuestos correspondiente al ejercicio de 2018. Esto es lo que debes saber para cumplir en tiempo y forma.
En abril, todos los contribuyentes personas físicas con o sin actividad empresarial deben informar cuánto ganaron el año pasado para pagar los impuestos correspondientes.
Se puede presentar la declaración en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) .
1.- Es necesario tener a la mano el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a 13 dígitos con homoclave para ingresarlos al portal usando la contraseña.
2.- Una vez que aparece la declaración prellenada se debe revisar si la información que aparece es correcta.
3.- Si hay dudas puedes consultar el visor de nómina.
4.- Si hay un saldo a favor para pedir devolución de impuestos, hay que tener listo el nombre del banco y el número de cuenta con CLABE de 18 dígitos.
¿Quiénes la presentan?
- Los que están en el Régimen de Servicios Profesionales que obtienen ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios.
- Los que tienen actividades empresariales, incluyendo a los que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) o pequeños contribuyentes, y optaron por hacer pagos provisionales bimestrales aplicando coeficiente de utilidad.
- Las personas que cobran rentas por algún bien inmueble (departamento, casa o local comercial).
- Deben presentarla quienes reciben intereses o dividendos.
- Si eres asalariado estás obligado a declarar si obtuviste ingresos de dos o más patrones, o si tus ingresos anuales excedieron los 400 mil pesos.
- Si recibiste una indemnización o jubilación hay que hacer declaración .
etp