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Las ganancias obtenidas por la venta de acciones emitidas en el mercado de valores y el pago de intereses de bonos de Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Comisión Federal de Electricidad CFE ), gozarán de estímulos fiscales hasta el año 2025, según un decreto emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Lo anterior para seguir impulsando el desarrollo del mercado de deuda corporativa para que sea más competitivo y las empresas accedan a un financiamiento a menores tasas de interés.
También con el fin de homologar el tratamiento fiscal de las acciones en México que inician su colocación en el mercado bursátil, a efecto de fomentar el desarrollo del mercado de capital privado nacional para que más sociedades realicen ofertas públicas iniciales de acciones en la bolsa de valores para su capitalización.
Si bien los estímulos fiscales estaban vigentes desde 2019 y vencían este 2021, se decidió ampliarlos hasta el 2025, y se incluye a los bonos emitidos por Pemex y la CFE.
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Expuso que las empresas productivas del Estado como la petrolera y la de electricidad, financian importantes proyectos mediante la emisión de títulos de deuda.
No obstante, se han presentado inquietudes respecto a la aplicación del estímulo fiscal a los intereses derivados de bonos corporativos emitidos por dichas empresas productivas del Estado.
Por lo que se estima conveniente incluir expresamente a los bonos emitidos por las empresas productivas del Estado en el ámbito de aplicación del estímulo fiscal, con el fin de que puedan acceder a financiamiento en condiciones más competitivas para la realización de sus proyectos productivos.
De acuerdo con el decreto, se otorga un estímulo fiscal a las personas residentes en México que deban efectuar la retención del Impuesto sobre la Renta (ISR) por los pagos que realicen por concepto de intereses provenientes de bonos emitidos por sociedades residentes en México, así como por empresas productivas del Estado, colocados entre el gran público inversionista a través de bolsas de valores concesionadas en los términos de la Ley del Mercado de Valores.
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Consiste en un crédito fiscal equivalente al 100% del ISR que se cause, el cual será acreditable únicamente contra el impuesto sobre la renta que deban enterar por la cantidad equivalente a la retención determinada de conformidad con el mismo precepto legal, siempre que las personas residentes en México no efectúen dicha retención al contribuyente residente en el extranjero.
El otro estímulo fiscal es para los contribuyentes personas físicas residentes en México y personas físicas y morales residentes en el extranjero, durante los ejercicios fiscales de 2019 a 2025, consistente en la aplicación de la tasa del 10% del ISR a las ganancias obtenidas por dichos contribuyentes, derivadas de la enajenación de acciones emitidas por sociedades mexicanas residentes en nuestro país en las bolsas de valores concesionadas en los términos de la Ley del Mercado de Valores.
Se plantea como requisito que el valor del capital contable de la sociedad mexicana cuyas acciones sean enajenadas corresponda a un monto no mayor a 25 mil millones de pesos, calculado previo a la oferta pública inicial.
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