La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (), dio a conocer los estímulos fiscales que otorgará a las empresas que inviertan en los polos de desarrollo del corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec.

Ofrecen dar un descuento en el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR), en función del número de empleos que vayan a generar durante el periodo de las inversiones que realicen.

Las generados se deberán realizar en uno de los 10 polos de desarrollo en los que se construirán parques industriales en donde se podrán instalar entre 20 y 30 empresas, ubicados en Veracruz y Oaxaca.

Se estima que a través de estos polos de desarrollo, se podrían captar inversiones por alrededor de 9 mil 200 millones de dólares.

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En los Lineamientos para el otorgamiento de beneficios fiscales a los contribuyentes que realicen actividades económicas productivas al interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar del Istmo de Tehuantepec, se establece que los contribuyentes interesados deberán contar con una Constancia o título de concesión vigente o ser propietario de alguna superficie dentro de algún Polo de Desarrollo para el Bienestar.

Dicha Constancia la emitirá la Unidad de Política de Ingresos Tributarios de la SHCP, previa opinión favorable emitida por el director general del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec (CIIT) que tendrá una vigencia de seis años, contados a partir de la fecha de su emisión.

Para obtener la Constancia, las empresas o contribuyentes deberán presentar la información relativa a la generación del número y tipos de empleos que estiman generar durante el periodo de vigencia del título de concesión.

También será necesario que presenten la Constancia de Situación Fiscal, contar con firma electrónica y el buzón tributario habilitado.

¿En qué consisten estos estímulos fiscales de la SHCP?

Para poder ser sujeto de los estímulos la SHCP, se puso como condición estar al corriente de las obligaciones fiscales y pago de impuestos.

Tener su domicilio fiscal en alguno de los referidos Polos de Desarrollo para el Bienestar donde lleven a cabo sus actividades económicas productivas.

Así, para poder aplicar el estímulo fiscal del descuento del 100% del ISR causado, el contribuyente acreditado contará con un plazo de tres ejercicios fiscales a partir de la obtención de la constancia, para demostrar que alcanzó el número de empleos por tiempo indeterminado que manifestó para ese plazo en el proyecto de inversiones nuevas.

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Después, durante el cuarto, quinto y sexto año, el descuento del ISR será del 50% o hasta un 90% si se mantienen o superan, respectivamente, los niveles de empleo establecidos.

Los contribuyentes acreditados deberán presentar en el mes de febrero de cada año, a través de la Ventanilla Única, la información y documentación del ejercicio inmediato anterior que acredite el número de empleos por tiempo indeterminado generados, así como el avance en el proyecto de inversiones nuevas.

No podrán participar los contribuyentes que estén en la lista negra de factureros del o que tengan algún litigio fiscal.

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