La prórroga que aprobó el Congreso para la ley del outsourcing no será de un mes como se cree, sino de únicamente ocho días más, advirtió el especialista en temas laborales y fiscales, Javier Zepeda.
“Como contribuyente se tenía el plazo de cumplir hasta el 23 de agosto, pero en la aprobación de la prórroga se señala que será hasta el 1 de septiembre, pero en realidad dan sólo ocho días”, enfatizó.
Por ello, afirmó que esto no soluciona la gran problemática que los empresarios de todo el país se encuentran, porque la mayoría no podía hacer el registro por diversas razones.
Explicó que la reforma se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 23 de abril pasado y entró en vigor el día siguiente.
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Un mes después, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) tenía que liberar el portal y sí lo hizo en mayo.
A partir de esa fecha, los contribuyentes tenían 90 días naturales para poder cumplir con el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) y esta fecha se cumple el 23 de agosto.
Pero el sábado 31 de julio, con la publicación en el DOF, no se ve la prórroga, advirtió.
“En realidad son sólo ocho días, es una falta de respeto, las empresas no van a poder alcanzar a registrarse en el REPSE”, alertó.
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Es importante, agregó, que los empresarios estén bien informados sobre el calendario de la reforma y conozca las fechas para poder cumplir.
Todos asumieron que tendrían un mes de plazo adicional, pero la sustitución patronal entra en vigor a partir del 1 de agosto y se recorre al primero de septiembre.
Sin embargo, para el REPSE, significan sólo ocho días con la aprobación de la modificación de la reforma que hizo el Congreso.
Lo anterior en un contexto en que ya se están dando casos en que las empresas ya bloquearon las cuentas de sus proveedores.
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Es decir, que ya no les reciben servicios ni facturas, sino están cumpliendo con el registro ante la STPS con el REPSE, explicó.
Ya se está sintiendo un impacto negativo de la reforma sobre los negocios, aseguró.
Javier Zepeda ponderó que se debe tener bien claro qué implicaciones tiene la parte laboral de la reforma a la subcontratación laboral.
“Esta reforma habla de dos cosas totalmente diferentes; hay que aclarar de cuáles de las dos se está refiriendo: la sustitución patronal que es la parte laboral o la de servicios especializados que es la parte fiscal”, indicó.
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Dijo que por eso, la gran mayoría de los empresarios de ese sector no sabe que su prórroga vence el 1 de septiembre.
En una edición sabatina del DOF, se publicó que a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto, las personas físicas o morales que presten servicios de subcontratación, deberán obtener el registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social que prevé el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, a más tardar el 1 de septiembre de 2021.
cev