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Por la organización de regatas y competencias entre otros servicios náuticos , la Secretaría de Marina (Semar) podrá cobrar 13 derechos a partir del próximo año.
Lo anterior debido a la nueva carga de trabajo que representan costos para ésta dependencia, según se expone en la iniciativa de reforma de la Ley Federal de Derechos para 2020 que forma parte del paquete fiscal del próximo año que analizarán y discutirá el Congreso de la Unión.
Actualmente la Secretaría de Marina es la encargada de autorizar permisos a través de solicitudes para organizar competencias y regatas náuticas, pero no cobra los derechos. Es una atribución que tiene la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, que de pasar la propuesta le cederá a la Semar.
En la iniciativa a consideración de los diputados y senadores, se establece la incorporación a la Ley Federal de Derechos, de las contraprestaciones por servicios marítimos, toda vez que sus montos atienden a los costos que para el Estado tiene la ejecución de estos servicios.
Propone que las cuotas que se paguen sea fijas e iguales para todos aquéllos que los reciban, cumpliéndose así con las garantías de proporcionalidad y equidad establecidas en la Constitución.
Expone que con motivo de las nuevas atribuciones en materia de servicios marítimos conferidas a la Secretaría de Marina, se plantea a esa Legislatura la incorporación de nuevos cobros por la prestación de servicios
Entre ellos propone el pago de mil 349 pesos por la autorización para realizar regatas o competencias deportivas náuticas , el cual es utilizado para dar aviso y obtener la autorización por parte de la Autoridad Marítima.
Este permiso sirve para que cualquier evento de esta índole se realice con las respectivas medidas de seguridad para proteger a los tripulantes, a los usuarios e informar a los navieros de la zona establecida para dicho evento.
Por la autorización de amarre temporal de embarcaciones y artefactos navales, en el cual la capitanía de puerto autoriza o declara la estadía de los mismos en puerto, fuera de operación comercial, se establece un cobro de mil 355 pesos.
Se cobrará una cuota de mil 224 pesos por el abanderamiento, dimisión de bandera, expedición, reposición o modificación del certificado de matrícula de una unidad fija mar adentro.
Lo anterior con el propósito de separar esta categoría de la clasificación general de los artefactos navales, en virtud de que en el caso de las unidades fijas mar adentro, no se utiliza la unidad de arqueo bruto, como unidad de medida, que es la que sirve para determinar la capacidad de explotación comercial de un buque.
Así, para determinar el monto del derecho, se utilizan las toneladas que corresponden a las características técnicas de las unidades fijas mar adentro.
Se cobrará una cuota por el pago de derecho por el reconocimiento en dique seco o testificación de inspección submarina a las embarcaciones y artefactos navales.
afcl