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El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) regula de manera arcaica el segmento de televisión de paga, dijo Salomón Padilla, vicepresidente de la Asociación de Telecomunicaciones Independientes de México (ATIM).

“Más que el poder sustancial de mercado Televisa, el gran problema para competir por parte de las cableras es la regulación arcaica que mantiene el Instituto Federal de Telecomunicaciones”, subrayó Padilla.

La semana pasada el regulador notificó a Televisa que carece de poder sustancial de mercado en televisión restringida, donde tiene 61% de los suscriptores.

El directivo aseguró que el instituto mantiene una regulación para el mundo analógico por lo que inhibe la inversión en los servicios, las redes y la producción.

“Nos dicen qué poner, cómo ponerlo, cuándo ponerlo, qué anunciar, cómo anunciar, cuándo anunciar, cómo cobrar, cómo contratar, qué vender”, manifestó el directivo.

De acuerdo con el vicepresidente de la ATIM, la reciente decisión del IFT respecto a no regular a Televisa en el mercado de la televisión de paga impacta a la competencia.

“Por el momento nos afecta porque seguimos manteniendo una estructura regulatoria y de mercado idéntica a la de 2014”, aseguró Padilla.

Los altos niveles de concentración aunados a la integración vertical y su capacidad para bloquear acceso a contenidos a sus competidores inhiben nuevos entrantes e inversiones, manifestó el directivo.

Asimismo, se suma su participación en el mercado de los espectáculos y deportes.

Sin reglas para internet. Por otra parte, el representante de empresas medianas de televisión de paga subrayó que a las plataformas de televisión restringida por internet u OTT’s no les aplican ninguna de las reglas que si tienen las empresas de televisión de paga.

“O regulan OTT’s iguales o desregulan TV de paga”, agregó Padilla.

El vicepresidente de la Asociación destacó que los servicios como Blim y Netflix no cuentan con oficinas en el país.

“¿Qué pasa cuando no tienen o no se ve el programa o película que querías, dónde está el contrato de adhesión de acuerdo a la NOM184?”, cuestiona el vicepresidente de la ATIM.

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