Mañana dos de noviembre el Servicio de Administración Tributaria ( ) cerrará las puertas de sus oficinas de atención a los contribuyentes por el feriado del Día de Muertos.

De acuerdo con la resolución Miscelánea Fiscal 2021 , está marcado en el calendario como día inhábil para el SAT el del presente año.

En ese día no se computarán plazos y términos legales correspondientes en los actos, trámites y procedimientos que se sustanciarán ante las unidades administrativas del SAT , lo anterior sin perjuicio del personal que cubra guardias y que es necesario para la operación y continuidad en el ejercicio de las facultades de acuerdo a lo previsto en los artículos 13 del Código Fiscal de la Federación (CFF) y 18 de la Ley Aduanera.

Las autoridades estatales y municipales que actúen como coordinadas en materia fiscal en términos de los artículos 13 y 14 de la Ley de Coordinación Fiscal , podrán considerar los días inhábiles señalados, siempre que los den a conocer con ese carácter en su órgano o medio de difusión oficial, de acuerdo a las disposiciones legales y administrativas que las rigen.

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