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A partir de hoy, el secretario de Hacienda y Crédito Público (SHCP) tendrá la facultad de designar a los titulares de las Unidades de Administración y Finanzas (UAF) de todas las dependencias de la administración pública federal que actualmente sustituyen a las oficialías mayores.
El secretario de Hacienda se apoyará del Procurador Fiscal de la Federación (PFF) para la selección de los candidatos.
Hasta hace poco, desde noviembre, esta facultad recaía en la Oficial Mayor de la SHCP como lo establecía la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
La eliminación de las oficialías mayores en las secretarías de Estado surgió en la presente administración con la creación de un nuevo modelo organizacional y de operación en apoyo a las tareas administrativas de recursos humanos, materiales, financieros, informáticos y cualquier otro que antes desempeñaban las oficialías mayores.
Sólo las secretarías de la Defensa Nacional, Marina y la SHCP conservan sus oficialías mayores.
PROCESO DE SELECCIÓN
Según un acuerdo publicado por la SHCP, será el propio secretario de Hacienda quien propondrá el perfil genérico que deben cubrir las personas que ocuparán la titularidad de las unidades de administración y finanzas de las dependencias y órganos desconcentrados de la Administración Pública Federal.
Lo anterior tomando como base los requisitos establecidos como contar con título profesional, cinco años de experiencia cargos de alto nivel decisorio, cuyo ejercicio requiera conocimientos y experiencia en materia administrativa y no haber sido sentenciado por delitos patrimoniales, no haber sido inhabilitado ni tener conflicto de interés.
Los documentos que acrediten los requisitos, deberán ser recabados por la PFF que servirán como medio de validación para verificar la idoneidad de los candidatos, antes de llevar a cabo la designación.
Una vez que el Procurador Fiscal determine la idoneidad de algún candidato para ser designado como titular de la UAF, el secretario de Hacienda emitirá la designación correspondiente.
En las nuevas disposiciones, se establece que los titulares de las UAF podrán ser removidos por el el secretario de Hacienda ; bastará con que se emita la comunicación correspondiente.
avo