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De acuerdo a lo establecido en La Ley Federal del Trabajo en su Artículo 87, el aguinaldo es un derecho de las y los trabajadores, el cual, por regla general, debe entregarse por parte del empleador antes del 20 de diciembre.
Dicha prestación equivale a un monto de 15 días de salario, como mínimo y aplica también para quienes no hayan cumplido el año de servicio, sin importar que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, siendo acreedores a la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo trabajado.
Por su parte, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) no solo beneficia con el aguinaldo a sus trabajadores, sino también a los pensionados y jubilados, a quienes ya ha informado la fecha en la cual se pagará tanto la primera como la segunda parte de este derecho de liquidación.
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Por medio de un comunicado, la Subdirección de Pensiones detalló que el pago de la primera parte de esta prestación se realizará el próximo 15 de noviembre, mientras que la segunda parte se depositará el 2 de enero de 2024.
Cabe destacar, que esta serie de pagos se añade a los depósitos monetarios realizados al pago de pensión correspondiente al mes de noviembre para un millón 312 mil 775 de jubilados y pensionados, el cual se realizó el pasado 31 de octubre.
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Igualmente el ISSSTE recordó que la entrega de la pensión para este sector de la derechohabiencia está garantizada.
En caso de haber alguna duda o consulta sobre el pago de la pensión, la dependencia puso a la disposición de la ciudadanía la línea telefónica Issstetel 55 4000 1000.