Más Información
Sheinbaum niega que AMLO esté detrás de la reelección de Rosario Piedra en la CNDH; pide respeto para la funcionaria
PAN oficializa expulsión de los Yunes; argumentan se debe mantener integridad y valores en el partido
Morena y aliados avalan reforma para ampliar delitos con prisión preventiva; excluyen narcomenudeo y defraudación fiscal
Las nuevas medidas contra el coronavirus del gobierno federal favorecen a los trabajadores y meten en apuros a empresas con dificultades para pagar las nóminas de los empleados durante la epidemia, sostuvieron abogados que prevén la llegada de una ola de empresas inconformes a las Juntas de Conciliación y Arbitraje para disputar el pago de salarios. En directo | Sigue la alerta mundial por el coronavirus.
El acuerdo del Consejo de Salubridad emitido el 30 de marzo en el Diario Oficial de la Federación atiende las demandas del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) a las empresas para que paguen en su totalidad el salario a los trabajadores durante la epidemia. López Obrador ha calificado esto como una "cuestión humanitaria" y "moral".
En un juego de palabras, el decreto habla de "emergencia sanitaria", en vez de "contingencia sanitaria", lo que evitaría que las empresas con actividades no esenciales puedan adherirse al artículo 429 de la Ley federal del Trabajo y pagar el salario mínimo durante el mes de la contingencia a sus empleados, sostuvieron abogados consultados por Economía Hoy.
"La ambigüedad es intencional... lo que no quieren es asumir el costo de que por un acto del gobierno los trabajadores vean reducido su salario un mes... ¿No también es moral apoyar a las empresas para que paguen salarios a los trabajadores?", sostuvo Jorge Chessal Palau, director de CHP Firma Legal S.C.
El decreto ha puesto en una encrucijada a las empresas, explicó Palau, que deberán elegir entre insistir en el proceso legal de contingencia sanitaria o guiarse por el de "fuerza mayor" en el que las empresas acuden a una Junta de Conciliación y Arbitraje para que avale la suspensión temporal de un empleado y después determine el importe de la indemnización que se le paga.
"El problema es el riesgo. Si procede la causa de fuerza mayor, la empresa tiene que acudir primero a la Junta, hay una orden de autoridad, y en esta orden puedes suspender (al trabajador) pero te va a costar más del salario mínimo", dijo Chessal. Por ahora las Juntas también han suspendido labores por el coronavirus pero están facultadas para atender casos de fuerza mayor.
Por el otro lado, si las empresas eligen seguir un proceso de "contingencia sanitaria" (no exige ir a la Junta) para sólo pagar el salario mínimo a sus empleados "el riesgo es que los trabajadores demanden y las Juntas resuelvan a favor de los trabajadores (para obtener el salario completo)", explicó Chessal.
De cualquier manera, corresponde a las empresas tomar esa decisión y no a los trabajadores, explicó Jorge Carbajal Smith, abogado colaborador del Sindicato Mexicano de Electricistas. Ya que los trabajadores sólo acuden cuando se ven perjudicados.
"El día de mañana si los trabajadores pudieran reclamar hasta pueden pedir la indemnización y el remate de las fuentes de trabajo, porque de alguna manera al quedarse sin materia el pago a los derechos laborales, los trabajadores pudieran reclamar la liquidación y remate de las empresas", dijo Carbajal.
Desde el punto de vista del sindicalista, el gobierno federal quiso proteger a los trabajadores y dar un mensaje a las empresas de que si no están de acuerdo busquen arreglos en las Juntas.
"El decreto es ambiguo, precisamente, para tratar de parar los abusos de la empresa , pues se la pondrían bien facilita si declaramos la contingencia sanitaria", expuso Carbajal.
El propio canciller Marcelo Ebrard amenazó a las empresas que intenten aplicar la contingencia sanitaria para pagar salarios mínimos durante una conferencia de prensa el 30 de marzo.
"La empresa que lo intente, se va a enfrentar en el proceso laboral que va a perder, porque la ley es muy clara", dijo Ebrard.
Si bien al gobierno federal explicó que habrá empresas con actividades esenciales que no podrán parar sus labores por tratarse de vital importancia para el país, aún no define cuáles son las actividades no esenciales, y por ende, qué empresas deberán suspender a sus trabajadores.
"Ebrard y Gatell dieron una lista, pero mientras no sea publicado en el Diario Oficial de la Federación, no existe", dijo Chessal.
***Lee la nota completa en: https://www.economiahoy.mx/economia-eAm-mexico/noticias/10454690/04/20/El-decreto-de-emergencia-sanitaria-tuerce-el-brazo-a-las-empresas-para-pagar-salarios.html