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Cuando se cancela un vuelo por cuestiones atribuibles a la aerolínea la Procuraduría Federal del Consumidor ( Profeco ) informó que conforme a la Ley de Aviación Civil se puede pedir el reembolso del boleto , transporte sustituto o reagendar el vuelo.
De acuerdo con la Profeco, en caso de que la aerolínea cancele el vuelo, una de las opciones es solicitar la reintegración o reembolso del precio del boleto o la proporción que corresponda a la parte no realizada del viaje, en caso de que fuera un vuelo con conexión y un tramo no se haya concretado.
Este reembolso debe incluir una indemnización no inferior al 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje, la cual debe pagarse dentro de un plazo máximo de 10 días naturales posteriores a la reclamación.
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Otra posibilidad es que la aerolínea ofrezca transporte sustituto, es decir, que coloque al pasajero en el siguiente vuelo disponible y que le ofrezca sin cargo alguno acceso a llamadas telefónicas o envío de correos electrónicos.
Asimismo, puede ofrecer alimentos al pasajero afectado, en caso de que el tiempo de espera, entre un vuelo y otro, así lo amerite. Además de que puede ofrecer alojamiento en el hotel más cercano al aeropuerto o si el hotel está en la ciudad debe darle transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.
La otra opción es cambiar el boleto del avión para otra fecha, según convenga al pasajero hacia el mismo destino, del vuelo que se haya cancelado. En este caso también debe pagar la aerolínea una indemnización del 25% del costo del vuelo.
Si la línea aérea no respeta esos derechos del pasajero la Profeco pone a disposición el Teléfono del Consumidor, 55 5568-8722 y/o al 800 468 8722. O bien, envía un correo a: conciliaexpres@profeco.gob.mx
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