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La Comisión para la Protección y Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros ( Condusef ) dijo que el dictamen aprobado por la Cámara de Diputados sobre cobranza delegada, el cual permite a los patrones cobrar los créditos de nómina de sus empleados antes de pagar su salario tiene impactos directos sobre los derechos de los trabajadores.
“Es contrario al principio de progresividad establecido en el artículo 1° Constitucional, en el cual se establece que los derechos no pueden limitarse, restringirse, eliminarse o desconocerse de forma alguna en perjuicio de los ciudadanos”, dijo el organismo.
En ese sentido, resaltó que la medida limita totalmente la posibilidad de que los usuarios cambien de institución o tipo de crédito, si éste no resulta conveniente, o bien, encuentran otro esquema de refinanciamiento más benéfico, acorde a sus posibilidades.
“Siempre hemos dicho que la capacidad de endeudamiento de una persona no debe exceder 35% de su percepción o ingresos netos, de ninguna forma sobre sus
ingresos ordinarios o brutos. La percepción neta es en realidad el margen estricto de maniobra y de gasto que tienen los ciudadanos para subsistir. Reiteramos que, cuando una persona compromete más allá del 35% de su ingreso neto, tiene un alto riesgo de impago y, como consecuencia, conflictos económicos,familiares y personales, producto de un sobreendeudamiento”, añadió.
En ese sentido, la Condusef explicó que el sobreendeudamiento al que ha estado expuesta una parte considerable de los empleados del sector público a nivel federal, estatal y municipal, ha propiciado que un alto número de trabajadores reciban cantidades muy por debajo del nivel de subsistencia, lo que genera un severo problema social, de sobrevivencia, así como un total desinterés por las labores que se desempeñan en el servicio público .
“No menos importante es señalar que el Costo Anual Total ( CAT ) promedio que ofrecen las instituciones financieras denominadas Sociedades Financieras de Objeto Múltiple, Entidades No Reguladas (SOFOM, ENR), conocidas coloquialmente como nomineras, exceden las tasas de interés que por créditos de nómina o créditos personales ofrecen otros agentes del sistema financiero mexicano, por ejemplo, los bancos”, añadió.
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La Condusef resaltó que las nomineras han otorgado créditos a trabajadores cuyo riesgo crediticio es bajo, ya que la fuente de pago está garantizada a través del propio salario del trabajador, por lo que no se justifican las altas tasas de interés .
“Seremos respetuosos de las decisiones del Poder Legislativo, pero debemos señalar con claridad los serios inconvenientes y posibles afectaciones a la economía de los trabajadores, de autorizarse un esquema legal que, si bien regula, no lo hace de forma equitativa y salvaguardando el interés primordial de los usuarios de servicios financieros, en este caso la economía familiar de los trabajadores”, dijo la COndusef.
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