Para seguir promoviendo el sano desarrollo y estabilidad del sistema financiero, así como propiciar el buen funcionamiento de los sistemas de pagos y la protección de los intereses del público, el (Banxico) analiza ajustar las disposiciones para las cuentas asociadas a la nómina a través de tarjetas de débito o crédito.

En el borrador del segundo proyecto de disposiciones para modificar la circular con relación al uso de prestaciones laborales como respaldo de contratados por trabajadores, Banxico espera recibir comentarios del sector bancario y público en general hasta el próximo 18 de octubre.

En el anteproyecto se mencionan las características que deberán tener dichas cuentas conocidas como ordenantes, las obligaciones, derechos y condiciones.

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Lo primero es identificar con precisión ese tipo de cuentas bancarias a nombre de personas físicas para realizar abonos de prestaciones laborales del servicio de nómina que una institución preste al patrón respectivo de un trabajador.

Es decir, las de depósito bancario de dinero a la vista que lleva una institución de crédito, en la que un cliente recibe su salario y otras prestaciones de carácter laboral a través del servicio de nómina. Incluye también a las cuentas básicas de nómina y las abiertas directamente por los titulares respectivos.

En éstas últimas le indican al banco que en ellas se realizarán abonos por prestaciones laborales a través de traspasos de dichos recursos provenientes de otras cuentas de depósito a la vista que lleve la misma entidad a nombre de terceros.

También transferencias electrónicas de fondos ejecutadas por terceros que hayan sido identificados por dichos cuentahabientes como sus patrones.

Se propone que el asalariado presente recibos de nómina de los últimos seis meses consecutivos previos al mes en el que indique que se realizarán abonos por concepto de prestaciones laborales. Actualmente, algunos bancos solicitan comprobantes de ingresos de los últimos tres meses para abrir una cuenta.

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No hay cambio para las demás condiciones como copia del contrato de trabajo y una carta del patrón para constatar que es empleado.

Cabe destacar que, si no se presentan estos documentos, algunos bancos cobran comisiones por la apertura, emisión y manejo de la tarjeta de débito o por anualidad.

Banxico pretende hacer una pequeña corrección para precisar que el cuentahabiente tiene derecho “a” asignar en lo individual, “como” créditos asociados a la nómina, “aquellos créditos o préstamos” que contrate con ese banco o alguna Sociedad Financiera de Objeto Múltiple (Sofom) vinculada. Lo anterior, para que los recursos depositados en la cuenta ordenante sirvan para cubrir obligaciones de pago.

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