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Tras cinco años de litigios, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó en última instancia el fallo de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), por la cual se le impuso a Aeroméxico una sanción por 88 millones de pesos (mdp) por coludirse para manipular precios de los boletos de avión.
Dicha multa se impuso en 2019, luego de una investigación en la que la Autoridad Investigadora de la Cofece determinó que hubo suficientes pruebas para comprobar que se coludió con otras aerolíneas para manipular los precios de ciertas rutas, lo que afectó a 3 millones de pasajeros.
Aeroméxico acudió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para impugnar que las pruebas las obtuvo la Comisión mediante una verificación sorpresa en la que revisó correos “de comunicaciones privadas”, lo que según la aerolínea no pueden utilizarse como evidencias.
Ello porque la Cofece encontró “correos electrónicos entre directivos de las aerolíneas en los que, haciendo uso de apodos, códigos y direcciones de correo falsas para ocultar el acuerdo ilegal, conspiraron para manipular el precio de los boletos de avión”.
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La Segunda Sala de la Corte validó el miércoles 12 de febrero, “la constitucionalidad de las actuaciones de Cofece y confirmó que, en efecto, esta clase de información no se encuentra amparada por la protección a comunicaciones privadas y puede ser utilizada por el Estado para investigar y sancionar conductas monopólicas que afectan a los consumidores mexicanos”.
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En momentos en que se decidió la desaparición de la Cofece por parte del gobierno actual, dicho organismo regulador dijo que es necesario que “la autoridad de competencia pueda realizar visitas y obtener evidencia electrónica, ya que las empresas infractoras suelen esforzarse por mantener ocultos los acuerdos para manipular precios y realizar conductas monopólicas”.
Añadió que de no permitirse las revisiones sorpresas y el entrar a correos “no hay forma de detectar ni sancionar este tipo de conductas”.
sg/mcc