Cada día es más común ver a personas de todas las edades —niños, jóvenes, adultos mayores— usando bicicletas eléctricas o scooters como medio de transporte. Ya sea por diversión o por practicidad, estos vehículos se han convertido en una opción económica y eficiente para moverse por la ciudad.

Sin embargo, hay un vacío legal, ya que hasta el momento no existe una ley clara que regulara su uso, pero está a punto de cambiar. En te explicamos qué vehículos entrarán en estas nuevas reglas y qué implicaciones tendrán.

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¿Por qué regularlos si son eficientes?

Puede que te preguntes, si estos vehículos han facilitado la vida de muchos, ¿por qué complicarla con regulaciones? El problema radica por dónde circulan. Los vemos entre carriles de avenidas, en ciclovías, e incluso estacionados en banquetas, obstruyendo el paso peatonal. Todo esto ha contribuido a un aumento en el caos vial y accidentes.

Foto: de Eduardo Castañeda
Foto: de Eduardo Castañeda

¿Qué propone el gobierno de la CDMX?

La jefa de Gobierno, Clara Brugada, ya se pronunció sobre el tema. Propuso una reforma a la Ley de Movilidad y al Reglamento de Tránsito, enfocada en regular los VEMEPE (Vehículos Motorizados Eléctricos Personales). Según un comunicado oficial del gobierno capitalino, se clasificarán de la siguiente manera:

Motocicletas eléctricas

¿Qué son? Vehículos con manubrio, una o dos plazas, dos o más ruedas, y que pueden superar los 25 km/h.

¿Qué regulaciones tendrán las motocicletas eléctricas?

  • Placa y tarjeta de circulación obligatorias
  • Uso obligatorio de casco
  • Circular con luces encendidas
  • No podrán circular por ciclovías, carriles confinados ni banquetas
  • Deben respetar las mismas normas que las motocicletas de combustión

Scooters y patines eléctricos

¿Qué son? Vehículos que necesitan tracción humana con pedales y motor eléctrico. Su velocidad máxima será de 25 km/h.

¿Qué regulaciones tendrán los scooter y patines eléctricos?

  • Podrán circular por ciclovías
  • En calles sin infraestructura ciclista, deberán usar el carril derecho
  • Deberán indicar cambios de carril con señales manuales
  • Tendrán preferencia sobre vehículos no motorizados

Cambios a la ley para regular los VEMEPE

Ley de Movilidad:

  • Artículo 9, fracciones 23 y 23 BIS: definirá qué es una motocicleta eléctrica según su velocidad, plazas y tipo de ruedas
  • Artículos 64 y 137: homologación de los VEMEPE

Reglamento de Tránsito:

  • Artículos 117 y 120: establecer reglas claras para motocicletas eléctricas, equivalentes a las de las de combustión
  • Artículos 21, 37, 45 y 47: imponer uso de casco o chaleco antirreflejante y condiciones para circular

Estas reformas buscan poner orden a los VEMEPE, que ya forman parte del día a día en la ciudad. El objetivo, según el gobierno, es frenar su uso de manera indebida, aunque también nos hace preguntarnos si es otra forma de rascar más dinero a los capitalinos. Bueno, para eso el tiempo dirá qué tan efectivas serán estas medidas.

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