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Para muchas personas, la idea de "tunear" un automóvil resulta bastante atractiva, por lo que le colocan accesorios que incluso cambian radicalmente la apariencia del vehículo, dándole un estilo más elegante, deportivo o extravagante.
Sin embargo, es importante tener cuidado con los accesorios que se le añaden, ya que, por seguridad, el Reglamento de Tránsito establece normativas que limitan la instalación de algunos. ¿Cuáles son? En Autopistas te lo decimos.

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¿Qué accesorios no se permiten colocar en un auto?
De acuerdo con el Artículo 43 del Reglamento de Tránsito de la CDMX, se prohíbe instalar los siguientes aditamentos en vehículos automotores (automóviles y motocicletas):
- Bandas de oruga, neumáticos, ruedas metálicas u otros mecanismos de tracción que dañen la superficie de rodadura.
- Faros deslumbrantes que no cumplan con las características establecidas por las Normas Oficiales Mexicanas y pongan en riesgo la seguridad de conductores o peatones.
- Luces de neón o portaplacas que obstruyan la visibilidad de la información contenida en las placas de matrícula del vehículo. Además de micas, láminas transparentes u obscuras sobre las mismas placas.
- Sistemas antirradares o radares de velocidad.
- Modificaciones al sistema de escape de gases del vehículo que provoquen ruido excesivo.
- Claxon que produzca ruido excesivo o un sonido diverso al que produce la bocina original de fábrica.
- Polarizado u oscurecimiento de vidrios laterales o traseros en un porcentaje mayor al 20%.

¿De cuánto es la multa por colocar accesorios prohibidos a tu auto?
Si por alguna razón infringes lo que dice el reglamento sobre el uso de accesorios prohibidos y resultas sorprendido por un oficial de tránsito, podrías hacerte acreedor a una multa.
Según el mismo Artículo 43, la multa por utilizar faros deslumbrantes y accesorios que dificulten la visibilidad de las placas es de 10 a 20 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente.
Es decir, tendrías que pagar entre $1,131.4 y $2,262.8, considerando que el valor actual de la UMA es de $113.14.
En el caso de los mecanismos de tracción, modificaciones al escape, claxon con ruido excesivo y polarizados, la multa podría ser de 20, 25 o 30 veces la UMA, equivalente a $2,262.8 y 3,394.2.
¡Tómalo en cuenta! La sanción más costosa sobre el uso de accesorios prohibidos se aplicará a los conductores que instalen sistemas antirradares o detectores de velocidad en el auto, pues representan un riesgo de la seguridad vial.
Para dichos conductores, la multa podría ser de 40, 45 o 50 veces la UMA, monto de entre $4,525.6 y $5,657.
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