Después del trágico accidente en el Puente de la Concordia, donde personas resultaron heridas y otras perdieron la vida, se emitieron nuevas normas con el objetivo de reforzar la seguridad en el transporte de Gas LP. En las que se marcará un antes y un después en la forma que operan las unidades de transporte y distribución de este combustible, estableciendo requisitos más estrictos tanto para las empresas como para los operadores. En te contamos los detalles.

Estas normas fueron desarrolladas por la Secretaría de Energía, la Comisión Nacional de Energía, la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA), y la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT). Se enfocan en diferenciar claramente entre las actividades de transporte y distribución, y en establecer reglas específicas para cada una.

Diferencias de Transporte vs Distribución

  • Transporte: Se refiere al traslado de Gas LP desde refinerías o puntos de importación hasta las terminales o plantas de almacenamiento.
  • Distribución: Abarca lo que se conoce como la “última milla”, desde las terminales hasta los usuarios finales, ya sean empresas o casas.

Nuevas normas publicadas para pipas de gas LP

  1. Norma emergente 006 ASEA-2025: Aplicable a unidades de transporte.
  2. Norma emergente 007 ASEA-2025: Aplicable a unidades de distribución.

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Ambas entraron en vigor el viernes 3 de octubre de 2025, con carácter obligatorio.

Principales cambios y exigencias en las pipas de gas LP

  • Mantenimiento obligatorio con comprobación: las empresas deben presentar evidencia ante ASEA mediante un dictamen que valide el cumplimiento.
  • Pruebas de seguridad más completas: Se suman las pruebas de presión hidrostática periódicas, no solo tras accidentes o reparaciones y se requerirárealizar inspecciones visuales internas y externas en los contenedores.
  • Capacitación técnica obligatoria para operadores: La capacitación ya no será genéricay será técnica, práctica y certificada mediante un estándar de competencia laboral que estará avalada por el conocer y coordinada por SENER y SICT.
  • Control de velocidad y monitoreo: Todos los vehículos deberán contar con limitador de velocidad a 80 km/h y sistema GPS activo durante la operación.
Por la explosión de la pipa de gas LP en el Puente de la Concordia hay una sola carpeta de investigación y se han presentado 75 querellas, de acuerdo con la fiscalía. Archivo El Universal
Por la explosión de la pipa de gas LP en el Puente de la Concordia hay una sola carpeta de investigación y se han presentado 75 querellas, de acuerdo con la fiscalía. Archivo El Universal

Plazos para el cumplimiento de las pipas de gas LP

  • Unidades con capacidad mayor a 5,000 litros y más de 10 años de antigüedad: tendrán 4 meses para cumplir con las nuevas normas.
  • Resto de las unidades: contarán con un periodo de 6 meses para implementar los cambios.

Cómo van a ser los nuevos pipas de gas LP

Las nuevas normas también establecen especificaciones físicas y de equipamiento para los pipas (tractocamiones, semirremolques y autotanques) que transporten Gas LP. Estas son algunas de las principales exigencias:

Identificación y señalización obligatoria:

  • Nombre, razón social o marca del operador.
  • Leyendas: “Servicio para el transporte de Gas LP” y “Peligro Gas LP”.
  • Números telefónicos para emergencias y reportes de fugas.
  • Domicilio central de resguardo.
  • Capacidad total de la unidad en litros de agua (al 100%).

Equipamiento mínimo de seguridad:

  • Extintor portátil de mínimo 9 kg, tipo ABC, con etiqueta de servicio vigente.
  • Señales reflectantes para carretera.
  • Elementos para inmovilización y soporte de la unidad estacionada.

Control de velocidad y monitoreo:

  • Gobernador de velocidad integrado en la computadora del motor, limitado a 80 km/h.
  • Documento que acredite su instalación.
  • Sistema GPS activo, obligatorio para todas las unidades.

Indicadores y componentes técnicos:

  • Indicador de nivel de tipo flotador mecánico, magnético o similar.
  • Válvulas de máximo llenado para el 85% y el 90% de capacidad nominal.
  • Boquilla con orificio restrictor para colocar manómetro y termómetro.
  • Cubo ciego inclinado para medición de temperatura con líquido.
  • Placa de datos del recipiente, legible, visible y de forma permanente.
  • Número de permiso otorgado por la autoridad competente y número económico de la unidad.

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