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Aunque a principios de enero de 2015 la PGR logró que un juez federal radicado en Toluca, Estado de México, aprobara una orden de aprehensión contra María de los Ángeles Pineda Villa por el delito de delincuencia organizada en su modalidad de lavado de dinero y contra la salud, días antes otro juez federal de Matamoros, Tamaulipas, halló al menos 15 debilidades en la investigación.

El 24 de diciembre de 2014 el juez de Matamoros negó tres órdenes de aprehensión solicitadas por el Ministerio Público Federal (MP) por los delitos de delincuencia organizada en su modalidad contra la salud con fines de fomento, desaparición forzada y secuestro.

La única orden de aprehensión que otorgó fue por el delito de cohecho, tras haberse documentado un intento de soborno de Pineda Villa a elementos de la Policía Federal (PF) cuando ella y su cónyuge fueron detenidos el 4 de noviembre de 2014 en la delegación Iztapalapa (DF).

Esta información forma parte del proceso penal 123/2014-II, radicado en el Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales del Estado de Tamaulipas, y fue incluido en la versión pública de la averiguación previa del caso Ayotzinapa, desclasificada por la Procuraduría General de la República (PGR).

Actualmente Pineda Villa, esposa del ex alcalde de Iguala, José Luis Abarca está recluida en el Centro Federal Femenil Noroeste de Nayarit.

Gilberto Santa Rita, especialista en Derecho Penal y profesor de la Universidad Iberoamericana, señala que “si el MP hace bien su trabajo no hay razón para que se genere impunidad. Sin embargo, si sigue como lo ha estado haciendo hasta ahora puede que algunos de los delitos que se imputan no lleguen a demostrarse”.

El doctor en Derecho por la Universidad de Sevilla afirma que “el MP tuvo la oportunidad de interrogar, de practicar peritajes, de interrogar testigos y lo hizo, pero no de forma suficiente. Esto se puede atribuir en un defecto técnico en la investigación, que pudo haber sido llevado de forma imprudente o intencionada”.

El abogado comenta que las deficiencias del expediente “vician toda la secuela procesal” y que ahora la defensa de Pineda Villa tiene una gran ventaja porque ya sabe perfectamente lo que necesita el juez. Este diario solicitó una postura de la PGR, pero no hubo respuesta.

El juez de Matamoros

En el fallo emitido por el juez de Matamoros, cuyo nombre aparece testado [tachado] en la versión pública del expediente, se niega la orden de aprehensión por el delito de delincuencia organizada en contra de Pineda Villa porque no se encontró “medio de prueba alguno” que acreditara su pertenencia a la organización criminal Guerreros Unidos.

En el cúmulo probatorio “no existe declaración de la que se desprenda imputación directa” que la señale como integrante del cártel; tampoco se indica quién era su jefe, sus colaboradores, el tiempo, el modo o el lugar donde realizaba la actividad para esa organización.

“Nada más se desprende que era la esposa del presidente municipal de Iguala, que sobre la explanada principal rindió su informe como presidenta del DIF, sin que con esto se le relacione con la organización de trato”, se asienta.

El juez consideró que la abstención a declarar por parte de Pineda Villa no puede tomarse en su contra, que las diligencias de inspección ministerial tampoco la relacionan con la banda criminal, y lo mismo sucedió con el pliego presentado por el fiscal federal en relación con la denuncia de Arturo Hernández Cardona, dirigente de la organización Unidad Popular, hallado muerto en 2013 y quien en ese año denunció a Pineda Villa y a su marido por amenazas.

“En cuanto a las declaraciones de Sidronio Casarrubias Salgado —a quien la PGR ubica como el líder de Guerreros Unidos y que fue detenido el 16 de octubre de 2014—, donde refiere que la inculpada Pineda Villa manejaba dinero de José Luis Abarca, y del MP, dicha circunstancia no resulta ser suficiente, dado que no especifica cuándo, dónde, qué cantidades, por qué concepto eran, de dónde provenía el dinero, por lo que el hecho que recibiera y manejara dinero no quiere decir que con ese solo hecho perteneciera a alguna organización, máxime que no señala que ésta hubiere cometido alguna actividad ilícita para alguna banda criminal”, se advierte en la argumentación.

Otra de las pruebas que rechazó el juez de Matamoros fue una nota periodística donde se habla de los vínculos de la familia Pineda Villa con el crimen organizado. “Es suficiente para demostrar su existencia, pero no para considerar lo que ahí se plasma como un hecho cierto”.

La acusación de delincuencia organizada planteada por el Ministerio Público Federal incluyó las declaraciones de una persona que aseguró que Guerreros Unidos no extorsionaba el centro joyero de Pineda Villa y su esposo José Luis Abarca porque ella era “comadre” de un poderoso narcotraficante.

“Dicho testimonio por sí mismo es ineficaz e inatendible, dado que no especifica el tiempo de permanencia de la indiciada en la organización que menciona, la función que desempeñaba, el lugar y el modo de ejecutar ese delito, por lo que le resta valor probatorio”, refutó el juzgado.

Otro testimonio rechazado fue el de un testigo que acusó a los Abarca de haberlo extorsionado con la venta de terrenos. Según narró, policías municipales cobraban el dinero y decían que iban de parte de Pineda Villa.

Esta persona también dijo que recibió amenazas por haber denunciado un narcolaboratorio, y que “su esposa le comentó que su cuñada le informó que su hermano fue llevado al ayuntamiento, donde lo presentaron con José Luis Abarca y María de los Ángeles Pineda Villa, sitio donde lo amenazaron de muerte”.

Al respecto, el juez argumentó: “Dicho testimonio no resulta suficiente para vincular a la inculpada con Guerreros Unidos, dado que no es espontáneo, no le constaron los hechos por sí mismo, sino por inferencias de terceros”.

Un testigo protegido la acusó de recibir dinero de parte de sus hermanos vinculados con la delincuencia organizada, y con ello comprar centenarios y joyería, pero en opinión del juez eso no significa que ella tenga una función en la organización criminal. “Menos aún el hecho de que si recibía dinero por parte de sus hermanos con ello esté cometiendo delito alguno”, agregó.

En el pliego consignatorio se le atribuye haberle financiado la campaña electoral al ex gobernador Ángel Aguirre y haber participado en un secuestro, entre otros señalamientos.

Desaparición forzada y secuestro

De acuerdo con la argumentación del juez, el delito de desaparición forzada no fue posible acreditarlo porque la investigación del MP apuntó hacia el asesinato de los normalistas y no hacia la retención por tiempo prolongado.

La acusación fue contra Pineda Villa y otros nueve presuntos integrantes de Guerreros Unidos, entre ellos Gilberto López Astudillo, alias El Gil, detenido el 16 de septiembre de 2015 y considerado el autor material de la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa.

“Para que se actualice la conducta [de desaparición forzada] se requiere que el sujeto activo del delito detenga, prive de la libertad y oculte a una o más personas, conducta que del análisis de las constancias que integran los autos no se encuentra demostrada… ”. Y agrega: “Las constancias apuntan en forma coincidente a que las víctimas no fueron mantenidas en el ocultamiento; muy al contrario, fueron detenidas, privadas de la libertad y trasladadas al lugar donde fueron ejecutadas sumariamente”.

El delito de secuestro, que se refiere a un hecho anterior a la desaparición de los normalistas, tampoco fue acreditado, indica el documento.

“En el cúmulo probatorio no existe declaración de la que se desprenda imputación directa que sea suficiente y bastante que la señale en qué forma participó en el ilícito de secuestro”.

En la versión oficial sobre la detención de los Abarca se dijo que fueron encontrados en la habitación de una casa ubicada en Iztapalapa; sin embargo, según la relatoría de hechos recién desclasificada, elementos de la PF narraron que fueron aprehendidos fuera de la casa, cuando se iban a subir a un taxi en la madrugada.

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