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justiciaysociedad@eluniversal.com.mx
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá un amparo en revisión sobre un aborto que le fue negado a una menor de edad que fue víctima de violación.
El caso fue enviado a la Suprema Corte de Justicia por un Tribunal Colegiado debido a que los padres de la víctima, que en 2015 contaba con 17 años, acusaron “tratos crueles e inhumanos equiparables a tortura” por parte de autoridades del Hospital General de Cuernavaca, Morelos, que se negaron a interrumpir su embarazo.
Los integrantes de la Segunda Sala de la Corte votaron por unanimidad atraer el caso para resolver si es posible que la joven incluso acceda a ser indemnizada por el hospital.
El reclamo. El acto que reclamaron los padres de la víctima ocurrió en enero de 2016, cuando el Comité de Bioética del Hospital General de Cuernavaca concluyó que no existía justificación alguna para la interrupción del embarazo, sin precisar las razones de tal determinación.
A pesar de que el embarazo de la joven fue producto de una violación y el bebé fue diagnosticado con hidrocefalia, la petición le fue negada.
En el amparo, un Juzgado de Distrito en Materia Administrativa les concedió la protección de la justicia federal para que el comité formule otra resolución, que podía ir en el mismo sentido o en distinto, en la que precise las razones por las que llegó a tal conclusión.
Tanto las autoridades del hospital como los padres de la joven promovieron el recurso de revisión que ahora deberá resolver la Suprema Corte debido a los argumentos de tortura que esgrimieron los padres de la joven.
Corresponderá a uno de los integrantes de la Segunda Sala del máximo tribunal resolver si la decisión de las autoridades del Hospital General de Cuernavaca implican o no actos de tortura por negarse a practicar el aborto a la peticionaria.
La Segunda Sala ordenó enviar el expediente a la Secretaría General de Acuerdos de la Suprema Corte para que el asunto sea turnado al ministro al que corresponderá revisar las actuaciones y, finalmente, realizar un proyecto de sentencia.
En los antecedentes en que se ha solicitado a la Corte atraer casos de aborto, los ministros han negado la petición bajo el argumento de que al tratarse de hechos consumados, la interrupción del embarazo en otra entidad donde sí esté legalizado o el término del mismo con el nacimiento del bebé, son de imposible reparación. Sin embargo, en este caso lo que se alega es la tortura que implicó la negativa del aborto y no el rechazo en sí de realizarlo.