El número de casos de hostigamiento sexual va en aumento. En los últimos cinco años se ha duplicado el número de denuncias en esta materia ante la Procuraduría General de la República (PGR), en las que los servidores públicos son señalados como presuntos responsables de esta conducta.

Datos de la dependencia revelan que en 2008 los casos de hostigamiento fueron 18, para 2012 se integraron 27 averiguaciones previas y 2015 cerró con 48 casos denunciados.

Del 1 de enero al 31 de marzo de este año se han registrado cinco casos más. En total, entre 2008 y 2016 se han iniciado 242 averiguaciones previas por hostigamiento, que son investigadas por la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia Contra las Mujeres y Trata de Personas (Fevimtra).

En entrevista con EL UNIVERSAL, la fiscal especial Ángela Quiroga Quiroga, titular de la Fevimtra, de la Procuraduría General de la República, expone: “Ninguna mujer debe minimizar cualquier comportamiento que se entienda como violento. Todas deben apostar por una vida libre de violencia, por el derecho a que se respete su integridad física, síquica y moral, el derecho a que se respete la dignidad inherente a su persona, el derecho a la igualdad, a ser libre de toda forma de discriminación, a la estabilidad en el empleo y todas las prestaciones y otras condiciones de servicio, el derecho al desarrollo y el derecho a la libertad sexual”.

La funcionaria considera que en México deben incrementarse las denuncias por parte de las víctimas, y para ello se requiere que las personas que viven esta situación se reconozcan como tales y rechacen estas conductas, entendiendo que constituyen delitos. La funcionaria asegura también que las penas deben aumentar.

El Código Penal Federal, en su artículo 259 bis, tipifica el hostigamiento sexual como el que con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica, derivada de sus relaciones laborales, docentes o domésticas.

Es un problema social que afecta principalmente al género femenino y le impide su desarrollo, viola su derecho a la integridad personal, física, síquica y moral, y en muchos casos atenta contra la libertad y la seguridad personal, la dignidad, la garantía a la intimidad, al trabajo y al crecimiento general.

En el caso del acoso sexual, esta conducta es realizada por un compañero o compañera de trabajo con el mismo nivel jerárquico, sin que medie o exista una relación de subordinación. Solamente será punible el hostigamiento sexual cuando se cause un perjuicio o daño.

El hostigamiento y el acoso sexual son figuras jurídicas previstas en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. La norma establece que solamente se procederá contra el hostigador a petición de la parte ofendida. El acoso sexual se tipifica en los códigos penales de las entidades federativas y se persigue por las procuradurías locales.

Actualmente, ante el caso de hostigamiento sexual se impone una sanción de hasta 40 días de multa, y si el hostigador es servidor público y utiliza los medios o circunstancias que el encargo le proporciona, se le destituye de su cargo. Adicionalmente debe considerarse la reparación del daño, de acuerdo con la Ley General de Víctimas.

La fiscal especial detalla: “El afectado deberá comprobar ante un juez el daño que ha sufrido al ser víctima de este delito y calcular la reparación del daño con una perspectiva amplia, considerando en qué medida se ha violentado la libertad y la seguridad sexual, y qué consecuencias ha traído esto a la víctima en toda la esfera de vida personal, profesional y moral.

“En el caso de los funcionarios federales que hubieran cometido el delito, el ámbito Federal es el competente para conocer de él y no el fuero común”, explica Quiroga.

Las formas más comunes y peligrosas de acoso y hostigamiento son los comentarios lascivos de carácter sexual que un superior hace sobre un subordinado, aprovechándose de esta jerarquía y de la vulnerabilidad en la que está la otra persona.

Ángela Quiroga recomienda que las víctimas pidan ayuda sicológica y denuncien el delito, que no se sientan apenadas y mucho menos culpables. “Que confíen en la PGR, en Fevimtra, que es una fiscalía especial para recibir estas denuncias, perseguir estos delitos y atender a las víctimas”, señala.

Dice que también es importante modificar la reacción del grupo social cercano a la víctima, que la revictimiza en muchos casos al no comprender el alcance de las afectaciones que pueden provocar estas conductas.

“La violencia sexual, física o sicológica daña a las personas de manera muy importante y las consecuencias, particularmente en el caso de las mujeres, son: depresión, ansiedad, ataques de pánico, pérdida de la confianza en sí mismas, sentimiento de vulnerabilidad , dificultad para dormir y para concentrarse, así como daño en las relaciones personales”, detalla.

Qué hacer

“¿Qué tan preparadas estamos como sociedad económicamente activa a denunciar un caso de acoso sexual y llevarlo hasta sus últimas consecuencias? Lo primordial es la confianza, saber que se tiene el respaldo necesario en el centro de trabajo, la denuncia es obsoleta cuando cae en saco roto. Es por esto que se deben crear las condiciones necesarias para que la voz de las personas afectadas de acoso sexual sea escuchada, implementar los marcos y espacios específicos y sumamente aplicables para su respaldo y apoyo”, refieren documentos del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) en el marco de la presentación del Protocolo de Intervención para casos de hostigamiento y acoso sexual.

En el documento se indica que las empleadas de las dependencias de gobierno prefieren quedarse calladas debido al temor a perder su empleo o incluso deciden ceder a las pretensiones de sus jefes por la misma situación.

Sin embargo, la cultura de la denuncia comienza a penetrar lentamente y para bien; entre las mujeres que son acosadas sexualmente se están dando los primeros pasos para la solución del problema y la erradicación de los casos en los centros de trabajo, los cuales se convierten en lugares indeseables y hostiles para quienes sufren este tipo de hostigamiento.

Es fundamental la denuncia por parte de las personas acosadas —tanto hombres como mujeres—, sólo así se tendrán estadísticas confiables de la magnitud del problema al que la sociedad se enfrenta, indica.

Inmujeres señala que deben existir espacios en los centros de trabajo, en donde las personas afectadas por este tipo de violencia puedan acudir y denunciar el acoso sexual.

“No debemos quedarnos con las manos cruzadas y ciegos ante una realidad que vive un considerable número de personas, mayormente mujeres, una realidad que las confina a la desesperación, al abandono de trabajos y muchas veces a la sumisión”, apunta.

El hostigamiento y el acoso sexual es una realidad a la que se enfrentan miles de personas, principalmente las mujeres, y por regla general se encuentran en situaciones laborales.

“Generalmente en los centros de trabajo no se acepta que existen casos de acoso sexual y las personas que lo sufren no saben a dónde acudir o ante quién poner una queja; muchas veces se sienten culpables y se preguntan cómo provocaron esa situación. Temen contarlo a su familia o compañeros de trabajo y las presiones laborales o amenazas las soportan solas. Esto debe cambiar”, se explica en el documento del organismo.

Destaca que la prevención es el mejor instrumento para eliminar el hostigamiento sexual en el lugar de trabajo. Un programa eficaz en este rubro “deberá incluir una política explícita contra el hostigamiento sexual, en el que se comunique de forma clara y precisa a los empleados la existencia de normas que sancionan este comportamiento.

“El hostigamiento sexual está prohibido también a través de algunas sanciones administrativas, algunos códigos de ética en las empresas lo prohíbe, y muchas veces las personas son sancionadas bajo esta perspectiva, pero también debe denunciarse ante el Ministerio Público o la autoridad que corresponda en caso de que haya un delito”, señala Daniel Rodríguez, del área de Asesoría y Orientación Jurídica del Inmujeres.

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