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La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un amparo que tiene que ver con la garantía o fianza que debe cubrir una persona implicada en la construcción del monumento conocido como la “Estela de Luz”, para contar con la libertad provisional.
Así, validó la fianza de más de mil millones de pesos que le impuso un juez federal a Mario Javier Rodríguez, acusado de aumentar el costo del monumento del Bicentenario de la Independencia “La Estela de Luz” construido en el año 2010.
Rodríguez González se amparó en contra de la imposición de dicha garantía, al argumentar que es inconstitucional porque violaba su derecho de presunción de inocencia en el proceso.
La Sala estableció que la fianza no vulnera los derechos de equidad, igualdad y no discriminación, pues no suprime la condición de inocentes a quien se le exige para disfrutar de la libertad provisional la exhibición de una garantía por el monto estimado de la posible reparación del daño.
Ello, con base a la fracción I del Artículo 399 del Código Federal de Procedimientos Penales, indicó la Primera Sala al resolver el amparo en revisión 41/2015, bajo la ponencia del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
La Sala exigió que el imputado otorgue la garantía para que esté en condiciones de disfrutar de la libertad provisional, ya que de ningún modo implica la imposición de una pena anticipada. Rodríguez está preso, acusado junto con otros ex funcionarios del gobierno federal anterior, de celebrar contratos por encima del costo.