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El pleno del Senado aprobó el dictamen de la Ley General de Desaparición Forzada de Personas y Desapariciones cometidas por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, que sanciona y tipifica este delito hasta con 90 años de cárcel.
La minuta que establece que el delito de desaparición forzada no prescribirá, fue enviada a la Cámara de Diputados para su análisis y discusión. En septiembre será devuelta al Senado con cambios, los cuales serían avalados para su posterior envío al Ejecutivo.
Con 90 a favor, tres en contra y tres abstenciones, los legisladores avalaron el dictamen que establece que las penas a quienes cometan el delito de desaparición forzada podrían disminuir hasta 20 años, en caso de que el acusado colabore en la búsqueda y localización de la víctima. Considera penas de 15 a 20 años de prisión a la persona que oculte, deseche incinere, sepulte, inhume, desintegre o destruya restos humanos.