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La senadora independiente Martha Tagle presentó una iniciativa para modificar el artículo 29 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos e incluir requerimientos mínimos de información que los servidores públicos deberán presentar en su declaración patrimonial y de conflicto de interés.
La iniciativa, señala la legisladora, responde a la demanda legítima de 634 mil mexicanos que firmaron la iniciativa ciudadana conocida “Ley 3de3” y que en su espíritu proponía que las declaraciones patrimoniales y de intereses fueran públicas, completas y accesibles para la ciudadanía.
La Ley General de Responsabilidades es una de las siete leyes del Sistema Nacional Anticorrupción recientemente promulgadas por el presidente Enrique Peña Nieto, como parte del nuevo andamiaje legal para combatir la corrupción.
Entre los conceptos que la legisladora propone que se deben de incluir en los formatos de las declaraciones patrimoniales se encuentran los datos generales del declarante y el monto de los ingresos netos mensuales por el cargo que desempeña.
Así como, declarar si percibe otros ingresos distintos a la prestación del servicio público, y su naturaleza; sí el monto al que ascienden dichos ingresos es mayor al de los ingresos que percibe como servidor público.
Se plantea que haga un listado de bienes inmuebles de los que es propietario, país, entidad federativa y municipio o demarcación donde se encuentren, y el año en que los adquirió; listado de vehículos de su propiedad señalando e valor y el año de adquisición; listado de sus dependientes económicos y sus cónyuges resguardando sus datos de identificación, o publicarlo con la autorización expresa del titular de la información.
En el caso de que los dependientes económicos o cónyuges sean servidores públicos se publicará nombre completo, cargo y nombre de la dependencia a la que pertenece.
Se propone que la versión pública de la declaración de intereses esté disponible al público y contenga la siguiente información del declarante: Actividades profesionales y empresariales; pertenencia a consejos asesores, de administración y de vigilancia, participación accionaria en sociedades; otros intereses económicos relacionados con su actividad profesional distinta a la del servicio público; actividades honorarias o sin fines de lucro.
Así como, sanciones administrativas e incompatibilidades; en su caso, la mención al sector o sectores en los que su cónyuge desempeñe actividades profesionales y empresariales.
pmba