Más Información

Transición en presidencia del Tribunal Electoral es beneficiosa: Gilberto Bátiz; venimos a consolidar la democracia, afirma

García Harfuch: Futuro de la seguridad depende de fortalecer a policías; 96% de delitos pertenecen al fuero común, dice

Gobernadores reconocen trabajo en seguridad junto a Claudia Sheinbaum; cuenten con nosotros, expresan

Crónica de un lunes de locos; fueron 18 horas de ceremonias, informe de Sheinbaum y el génesis de la nueva Corte
La Procuraduría General de la República (PGR) impugnó el amparo concedido por un tribunal unitario a la maestra Elba Esther Gordillo para que se le reponga el procedimiento en el incidente de prisión domiciliaria que había solicitado.
El abogado Marco Antonio del Toro informó que la impugnación de la PGR fue presentada ante el tercer tribunal unitario penal del Distrito Federal, el cual tendrá que enviar el expediente del caso al primer tribunal unitario del DF para que este caso se turne a un tribunal colegiado.
Ya por la noche de este martes, la Procuraduría General de la República (PGR) confirmó que interpuso el recurso de revisión contra de la sentencia dictada el 8 de febrero de 2016, en la que se le concedió el amparo a la maestra a efecto de que un tribunal dicte otra resolución.
En un comunicado, la dependencia que encabeza la procuradora Arely Gómez detalló que fue a través de los Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a los Tribunales Unitarios en Materia Penal en la Ciudad de México que interpusieron el recurso en su calidad de tercero interesado y como parte permanente en el juicio de amparo 48/2015 promovido por Gordillo Morales.
"Para el efecto de que el Primer Tribunal Unitario en Materia Penal dicte otra resolución en la que se analice el contenido del Párrafo Primero del artículo 55 del Código Penal Federal referente a la prisión preventiva domiciliaria", indicó.
Agregó que dicha acción legal se pretende que la resolución dictada por el Tercer Tribunal Unitario sea revocada "y como consecuencia se niegue el amparo a la quejosa; recursos que serán resueltos en definitiva por el Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito que conozca de los mismos".
Por su parte, Marco Antonio del Toro opinó que el recurso de revisión que promovió la PGR no tiene sustento jurídico, ya que existen jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el sentido de que no se afecta el interés legitimo de la Procuraduría cuando se otorgan amparos a una persona por falta de legitimación y fundamentación.
afcl