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Una jueza federal negó girar la orden de aprehensión en contra del ex subsecretario de Prevención de la Secretaría de Gobernación (Segob), Arturo Escobar y Vega, al considerar que la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) no logró acreditar el tipo penal que le imputó al ex dirigente del Partido Verde Ecologista de México (PVEM).
Autoridades judiciales revelaron que la Jueza Décimo Primera de Distrito en Materia de Procesos Penales Federales, Rosa María Cervantes Mejía, consideró que los hechos imputados no se ajustan al delito que se considera en el Artículo 15 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, que indica que es ilegal que una persona por sí misma o con ayuda de terceros “destine, utilice o reciba aportaciones de dinero o en especie en favor de algún precandidato, candidato o partido político”, cuando existe prohibición legal para ello, o cuando se usen recursos ilícitos.
La juzgadora consideró que no se puede sancionar al dirigente de un partido político por apoyar la campaña de su propia fuerza política, además de que el Ministerio Público de la Federación no acreditó la procedencia ilícita de los recursos utilizados para la firma de contratos entre el Partido Verde y la empresa responsable de entregar las tarjetas de descuento Premia Platino, motivo de esta acusación.
De acuerdo con las autoridades consultadas, la Fepade “se equivocó”, la imputación que se ajustaba más a la conducta ilícita denunciada por Julisa Mejía Guardado, ex diputada federal del Partido de la Revolución Democrática (PRD), que es origen de esta investigación, era una posible violación al Artículo 13 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, debido al uso de sus datos personales para el reparto de propaganda del PVEM.
Dicho precepto establece que el mal uso de los datos personales contenidos en el Registro Federal de Electores, el Padrón Electoral o Listado de Electores debe sancionarse con penas que van de tres a siete años de prisión, las cuales se aplican a cualquier persona que “altere, falsifique, destruya, posea, use, adquiera, comercialice, suministre o transmita de manera ilegal, archivos o datos de cualquier naturaleza”, relativos a dichas bases de datos en poder del Instituto Nacional Electoral (INE).
En caso de que se trate de un funcionario partidista, como sería el caso de Arturo Escobar, la pena se incrementaría en un tercio de lo ya señalado, es decir, que la condena se incrementaría de cuatro a nueve años de cárcel.
De acuerdo con la FEPADE, a Escobar y Vega se le habían imputado “presuntos delitos electorales” derivados de aportaciones en dinero y en especie a la campaña electoral del PVEM realizadas este año, a pesar de que “existe una prohibición legal para ello”.
Las acusaciones contra Escobar se derivan de los contratos que éste firmó con empresas privadas para la distribución de miles de tarjetas Premia Platino a militantes y simpatizantes del PVEM, pero también a personas que no tenían relación alguna con ese instituto político y que jamás les habían proporcionado sus datos personales.
Una de las afectadas fue la propia Julisa Mejía, quien a pesar de ser diputada federal del PRD, recibió en su domicilio particular una de las tarjetas de descuentos que estaba entregando el Partido Verde, por lo que presentó la denuncia penal, argumentando una violación a sus datos personales y la eventual falsificación de documentos que la vinculasen con el PVEM.