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La mesa directiva del Senado estableció el procedimiento para la elección de ministros, a partir de las dos ternas que remitió el Ejecutivo y que el pleno turnó a la Comisión de Justicia, la cual tiene la facultad para verificar que las personas propuestas cumplan con los requisitos constitucionales para ser integrante de la Suprema Corte.
El formato de las comparecencias ante la Comisión de Justicia será acordado por este órgano legislativo, precisó el acuerdo de la mesa directiva aprobado por el pleno.
La Comisión de Justicia elaborará dos dictámenes en los que establezca si las personas propuestas cumplen los requisitos de elegibilidad, y esos resolutivos se publicarán en la Gaceta del Senado, 12 horas antes de la sesión en la que el pleno vaya a votar.
Cada candidato se presentará ante el pleno y dispondrá de 20 minutos para exponer sobre su propuesta, sin que haya lugar a mociones, preguntas o debates.
La elección se realizará por cédula y la persona que resulte electa rendirá inmediatamente protesta al cargo, y luego el presidente del Senado notificará la designación a los presidentes de la República y de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
“En el supuesto de que en la primera votación ninguna de las propuestas reúna la mayoría constitucional requerida, se realizará una segunda votación por cédula de manera inmediata”, sin que haya intervenciones o debates. Si en ese segundo momento tampoco se reúne la mayoría constitucional, la terna se desecha y el Ejecutivo deberá enviar otras propuestas, precisa el procedimiento a seguir.
jlcg