Más Información
Primer día de gobierno de Trump; autobús con personas deportadas de EU sale de la garita de Nogales, Sonora
Frente Cívico Nacional denuncia al INE por impedir presentación de nuevo partido; Instituto justifica decisión por seguridad
Ulises Ruiz busca fundar “México Nuevo”; entrega ante el INE solicitud de registro de partido político
Captan a Luis Videgaray en Washington previo a toma de protesta de Trump; reaparece en cena exclusiva del equipo del Presidente
Condena la ONU-DH asesinatos del periodista Calletano de Jesús y del defensor Sergio Cruz; exige investigaciones
Fernández Noroña rechaza declaración de Trump sobre cárteles mexicanos; “inaceptable una invasión militar”, afirma
La Secretaría de Medio Ambiente capitalina indicó que habrá automóviles que sí podrán circular pese a la restricción establecida por la Comisión Ambiental de la Megalópolis para este jueves 17 de marzo debido a la Fase I de la Contingencia.
Los vehículos exentos son:
1. Los que porten en lugar visible el holograma “Exento”.
2. Aquellos que utilicen fuentes de energías no contaminantes o que no emitan contaminantes derivados de la combustión (eléctricos, híbridos, de energía solar).
3. Que presten servicios de emergencia, médicos, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil y servicios urbanos, como patrullas, ambulancias, carros de bomberos, etc.
4. Transportes escolares con la debida acreditación.
5. Carrozas fúnebres y transporte de servicios funerarios que se encuentren prestando el servicio y cuenten con la autorización o permiso correspondiente.
6. Vehículos para trasladar a personas con discapacidad, siempre que cuenten con las placas de matrícula de identificación respectiva o porten el documento, distintivo o autorización.
7. Aquellos en los que se manifiesta o se acredite una emergencia médica.
8. Vehículos del servicio público federal de transporte de pasajeros y cuenten con la autorización.
9. Con placas de auto antiguo.
10. Los vehículos de procedencia extranjera o con placas de entidades distintas al Distrito Federal y Estado de México que circulen portando el “PASE TURÍSTICO METROPOLITANO” vigente.
11. Motocicletas.
12. Taxis.
Los vehículos que NO pueden circular son:
Todos los vehículos con engomado color verde y terminación de placas 1 y 2 deben de restringir su circulación de las 5:00 a las 22:00 horas, sin distinción del tipo de holograma de verificación vehicular (1, 2, 0 y 00).
Adicionalmente, no circulan los vehículos con holograma 1 y 2 que tengan terminación par (0, 2, 4, 6, 8).