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Alejandro Encinas Rodríguez, ex presidente de la Asamblea Constituyente, presentó un recurso legal en contra de dos temas que los diputados de la Asamblea Legislativa plasmaron en la nueva legislación electoral: quitar el término violencia política en razón de género y bajar de 40 a 33 el máximo de diputaciones que podrá tener una fuerza política a partir del próximo año.
El senador interpuso en la Corte un documento llamado amicus curiae el cual se suma a las acciones de inconstitucionalidad presentadas por diputados inconformes de la Asamblea Legis-lativa y en el cual expone que los cambios hechos a la nueva legislación secundaria “son totalmente inconstitucionales de la norma local e inconvencionales” en el caso de la modificación al término de violencia política de género que se plasmó en la Constitución Política de la Ciudad de México y haberlo dejado simplemente como violencia política.
“Al eliminar esta porción normativa la Asamblea Legislativa del Distrito Federal conceptualiza erróneamente el término de violencia política y vuelve a minimizar el impacto diferenciado y desproporcional que se presenta en las mujeres”, señaló Encinas Rodríguez en los argumentos presentados.
El hecho. El también senador recordó que en atención a diversos acuerdos y tratados internacionales, los constituyentes establecieron en el artículo 27 de la Constitución local que la violencia política en razón de género será una causa de nulidad en una elección local y que se otorgó a los diputados locales libertad para crear leyes que atendieran el fenómeno de manera más amplia.
Sin embargo, en una nota aclaratoria publicada en la Gaceta oficial el 7 de junio pasado, los diputados locales eliminaron la frase “en razón de género” del artículo 4 del Código de Instituciones y Procedimientos electorales local que días antes apenas habían aprobado.
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Impugna límite de diputaciones. En tanto, Alejandro Encinas también expuso en su documento que los diputados locales legislaron en contra de la Constitución local respecto a la composición del futuro Congreso de la capital.
Expuso que mientras la Constitución dice que ningún partido podrá contar con más de 40 diputados electos tanto por mayoría relativa como plurinominales, la cifra se redujo a 33 en la legis-lación secundaria.
También se redujo de 8% a 4% el tope o umbral que tienen los partidos para acceder al número máximo de diputaciones electas por ambos principios en función de su votación obtenida en las urnas.
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Encinas pidió a la Corte invalidar esta modificación.
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