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El pasado 31 de enero quedó en libertad Francisco Javier Hernández Gómez, Pancho Cayagua, a quien autoridades señalan como el principal líder del Cártel de la Unión de Tepito, luego de que en audiencia el juez que tenía el caso explicó que no se encontraron los elementos suficientes para procesarlo por dos homicidios que se le imputan, cometidos en 2005, según fuentes del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) capitalino.
Pancho Cayagua fue detenido el pasado 16 de agosto en las inmediaciones de la delegación Gustavo A. Madero, donde se refugiaba y también, aparentemente, según la investigación de la procuraduría local, recibía protección de varios halcones, quienes lo alertaban de operativos y del arribo de policías. El día de su captura se descuidó y fue detenido en la frontera con el Estado de México.
Hasta ese día, el presunto capo tenía 11 años escapando de la autoridad, siempre permaneció en la Ciudad y a salto de mata, después de que fuera señalado como el responsable de asesinar a dos personas —presuntos narcomenudistas contrarios a su grupo— en la colonia San Rafael.
Después de su detención, un juez penal del Reclusorio Oriente dictó auto de formal prisión a Francisco Javier Hernández Gómez, presunto líder de La Unión de Tepito, por asesinar a dos hombres el 11 de septiembre de 2005, a pesar que se contaba con información de que también se dedicaba al trasiego de drogas, este delito nunca se le imputó.
La defensa alegó que el capo nunca disparó a las víctimas; exigieron que se presentará el arma homicida, así como huellas dactilares para inculparlo. El Ministerio Público sólo presentó testimonios de quienes aseguraron estar el día de los hechos, pero no recordaban sí él era el agresor.
Incluso, para su defensa, Pancho Cayagua pidió que un interno del Reclusorio Norte testificara a su favor; el juez accedió a la petición y en audiencia el convicto aseguró a la autoridad que él fue el responsable del doble homicidio y que por eso estaba en prisión. Incluso detalló cómo sucedieron los hechos y lo que hizo después con el arma homicida.
Después de esto, el Ministerio Público no aportó más pruebas. Al llegar la audiencia final, el pasado 31 de enero, el juez determinó que no existían los elementos suficientes para imputarle este doble homicidio, por lo que ordenó su liberación inmediata, y aunque la procuraduría aún integraba una carpeta por narcomenudeo, ésta nunca se sustentó y tampoco lo pudieron retener por ese delito.
Desde la implementación de la nueva reforma penal, los jueces que han tomado casos de alto impacto se han visto en la necesidad de absolver a imputados, por las deficientes pruebas aportadas por los ministerios públicos. Algo similar ocurrió a mediados del mes pasado, cuando un hombre acusado de liderar una banda dedicada al robo de casa-habitación fue absuelto por falta de pruebas.