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El Gobierno de la Ciudad de México regularizará las viviendas en donde habiten varias familias, a fin de facilitar la escrituración individual mediante la constitución de régimen de propiedad en condominio, incluidos los locales comerciales al interior de los inmuebles a regularizar.
Estos inmuebles pueden estar en proceso de construcción o cuya obra haya sido financiada por instituciones públicas, señala uno de dos acuerdos publicados en la Gaceta Oficial.
En el primer acuerdo tiene como objetivo además, el establecimiento de trámites y requisitos para la regularización de la construcción de las viviendas beneficiarias, así como de la propiedad de las unidades privativas resultantes, y la condonación del pago de contribuciones y aprovechamientos.
Para acceder a los beneficios del presente acuerdo, los interesados o propietarios de vivienda, deberán obtener la Constancia respectiva que otorgue el Instituto de Vivienda del Distrito Federal, una vez cubiertos los requisitos correspondientes.
Las constancias que se emitan para la constitución del régimen tendrán vigencia hasta el término del trámite, sin que sea necesario renovarlas con el cambio del ejercicio fiscal.
Para la constitución del régimen, se condona a los beneficiarios del presente acuerdo el ciento por ciento del pago del impuesto predial, derechos por el Registro de Manifestación de Construcción tipos “A”, “B” y “C”; derechos por los Servicios de Construcción y Operación Hidráulica y por Servicios que presta el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, entre otros.
En un segundo acuerdo, se otorgan facilidades administrativas para la constitución del Régimen de Propiedad en Condominio de Viviendas de Interés Social o Popular, incluidos los locales comerciales al interior del inmueble a regularizar, así como para coadyuvar en la regularización de las construcciones existentes.
También permitirá aligerar las cargas administrativas para la escrituración de las unidades privativas resultantes, y condonar el pago de diversas contribuciones y aprovechamientos.
Respecto de los inmuebles construidos que se incorporen a los beneficios del presente acuerdo, no se requerirá presentar Licencias, Permisos, Manifestaciones o Autorizaciones en materia de construcción, ni se proporcionarán las áreas de donación y de equipamiento, dándose por cumplidos los requisitos administrativos y urbanos.
Ambos acuerdos entrarán en vigor este viernes y estarán vigente hasta el 31 de diciembre de 2016.
ahc