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Los involucrados en el secuestro y muerte de 13 jóvenes en el bar Heaven en mayo de 2013, Mario Alberto Rodríguez Ledezma y Gabriel Carrasco Ilizaliturri, recibieron una condena del juez 25 penal dictó de 520 años de prisión y una multa de más de 5 millones de pesos cada uno.
Se acreditó la responsabilidad de los dos sujetos en la desaparición de 13 personas, entre ellas un menor de edad, que el 26 de mayo de 2013 fueron plagiados en el establecimiento de la colonia Juárez, delegación Cuauhtémoc.
De acuerdo con las investigaciones realizadas por el Ministerio Público, se estableció que los agraviados estaban en un bar antes de trasladarse al Heaven, en la calle Lancaster, donde aparentemente se llevó a cabo un operativo; al llegar las víctimas al lugar, de varias camionetas descendieron hombres armados, vestidos de civil y con la cara cubierta con paliacates, quienes los privaron de su libertad.
En agosto de ese año, la Fiscalía mexicana anunció el hallazgo de una fosa clandestina en un terreno del municipio de Tlalmanalco, en el centro del país, con restos humanos que resultaron ser de los jóvenes.
Las indagatorias de las Procuradurías de Justicia de la Ciudad de México y General de la República determinaron que los procesados eran integrantes de la organización delictiva denominada La Unión de Insurgentes, quienes fueron los que participaron en la privación de la libertad de los jóvenes del barrio de Tepito.
Supuestamente el secuestro y asesinato de las víctimas fue debido a una venganza por la muerte del presunto narcomenudista Horacio Vite Ángel, El Chaparro, de quien sus restos habían sido localizados dos días antes, el 24 de mayo de 2013, afuera del bar Black, en la colonia Condesa.
En la causa penal 145/13 se asentó que Rodríguez Ledezma y Carrasco Ilizaliturri no podrán recibir los sustitutivos de la pena de prisión, toda vez que la condena impuesta excede de 5 años, ni el beneficio de la suspensión condicional de su ejecución, por la misma razón.
El juez determinó que la condena tendrán que purgarla en el Centro Varonil de Reinserción Social Santa Martha Acatitla o en el lugar que determine la Subsecretaría del Sistema Penitenciario de la Ciudad de México.
La procuraduría capitalina explicó que la determinación judicial “se basó en el artículo 9 de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, en cuyo inciso “e” se prevé, entre otras, la agravante de que la víctima sea menor de 18 años, lo que aplica en uno de los casos de las personas privadas de su libertad por encontrarse en esa situación”.
En septiembre pasado, un juzgado de México condenó a 520 años de cárcel a tres acusados del secuestro, entre ellos se encuentra Ernesto Espinosa Lobo, dueño del establecimiento.
En diciembre, otros dos implicados en el suceso fueron sentenciados a 520 años. De esta manera, hasta el momento han sido sentenciados siete de los 22 procesados por aquellos acontecimientos.