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Con la reforma en materia de procuración y administración de justicia de 2008, México dejó atrás el anquilosado sistema inquisitivo para transitar a uno de tipo acusatorio y oral. Lo anterior significó un cambio de paradigma en la concepción del sistema penal que todavía no ha logrado entenderse del todo.
Si bien el sistema cuenta con grandes oportunidades, a diez años de haber entrado en vigor, se nota la falta de conocimiento del mismo.
A lo largo de seis años, el Senado de la República impulsó diversas reformas que permitieron conformar la legislación secundaria del sistema, se promulgó el Código Nacional de Procedimientos Penales (2014), la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal (2014), la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes (2016) y la Ley Nacional de Ejecución Penal (2016).
Estas leyes, lo primero que hacen es establecer un procedimiento único para todos los estados de la República. Hasta antes de la introducción del sistema penal acusatorio, cada entidad federativa contaba con sus propias reglas procesales, lo cual generaba un desarrollo heterogéneo de los procedimientos, situación que dificultaba una operatividad homogénea en el territorio. Es previamente por tales motivos que se homologó la norma procesal a fin de crear los mismos criterios para todos.
Adicionalmente, las garantías procesales de los imputados se fortalecen a fin de evitar violaciones sistemáticas a los derechos humanos. Se establece el principio de presunción de inocencia, de forma que la persona imputada podrá seguir su proceso en libertad en tanto no se establezca una sentencia condenatoria; además de ello, se generan reglas que permiten garantizar el trato digno del imputado en tanto no se resuelva su efectiva participación en un acto ilícito.
En el sistema acusatorio se utiliza el castigo cuando se considera que todo lo demás falla, cuando la gravedad del ilícito amerita prisión; pero en aquellos otros delitos no considerados graves, es necesario privilegiar salidas que permitan resolver el conflicto. Para este sistema, el fortalecimiento de la política criminal preventiva y la conformación de condiciones de estabilidad social que promuevan una paz social son más importantes que el uso legítimo de la violencia.
Desde el marco del sistema acusatorio, el poder punitivo del Estado debe aparecer cuando todo lo demás falla, atendiendo al principio de última ratio.
En la medida en que logremos entender que el sistema se construye para reparar y que el castigo se utiliza como última alternativa, se conformará una procuración de justicia más eficaz, eficiente, respetuosa de derechos humanos y, sobre todo, justa.
Este y otros temas de gran relevancia para el país deben seguir siendo tema de debate para el gobierno, legisladores, académicos y asociaciones civiles, para así continuar con su mejoramiento y lograr un mejor México en todos los ámbitos.
Así como lo realizamos mis compañeras y compañeros senadores durante los últimos seis años; seis años de mucho trabajo, acuerdos y grandes gestiones por y para la gente. En mi caso, principalmente para todos mis paisanos y mi estado, Chihuahua.
Mi labor en el Senado de la República ha concluido, dejándome una satisfacción inmensa por todos los logros que se alcanzaron en beneficio de México. Hoy estoy feliz y preparada para continuar luchando por mi estado por todos los mexicanos.
Ex senadora