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Con el fin de garantizar que la población indígena tenga derecho a intérpretes y traductores bilingües durante algún proceso judicial, el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (Inali) imparte un curso a hablantes de la familia lingüística oto-mangue en el norte del país.
El “Curso para la Formación de Intérpretes de Lenguas Nacionales” facilitará la comunicación intercultural entre las instancias de procuración, administración e impartición de justicia de Baja California Sur y las personas indígenas que intervengan en algún proceso jurisdiccional.
El organismo detalló que serán 30 personas, 16 mujeres y 14 hombres, quienes desarrollen habilidades, conocimientos y actitudes necesarias para ser intérpretes, al tomar en cuenta la identidad y las especificidades lingüísticas y culturales de las comunidades y pueblos indígenas.
El Inali expuso que los participantes fueron seleccionados con criterios etnolinguísticos y acorde a las necesidades de atención pública en los municipios de esta entidad, la cual ha recibido migrantes de diversas comunidades indígenas del país.
Precisó que todos los aspirantes son bilingües, hablantes de cinco lenguas originarias pertenecientes a la familia lingüística nacional oto-mangue y residentes en los municipios de Mulegé, Comondú, La Paz y Los Cabos.
Las lenguas originarias que representan son sa'an ntavi (mixteco de oeste central), tu’un da’vi (mixteco del oeste alto), dixdà (zapoteco de Valles del este medio), xnánj nu’a (triqui de San Juan Copala) y ngiwa (popoloca del norte).
Resaltó que con esta iniciativa, organizada en conjunto con la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) y el gobierno del estado, garantizarán los derechos establecidos en el artículo 2, apartado A, fracción VIII de la Constitución Política.
En dicho precepto se reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para acceder plenamente a la jurisdicción del Estado.
Para garantizar ese derecho, en todos los juicios y procedimientos en que sean parte, individual o colectivamente, se deberán tomar en cuenta sus costumbres y especificidades culturales respetando los preceptos de la Constitución Política.
pmba