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Con la participación de los ministros Olga Sánchez Cordero y Juan Silva Meza en su última votación, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó tres artículos transitorios de la Constitución Política del Estado de Tlaxcala que intentaban postergar la homologación de los comicios locales con los federales hasta el año 2021.
Al resolver las impugnaciones promovidas por los partidos PRD, PAN y Morena, el Pleno declaró la inconstitucionalidad de los artículos 7 ,8 y 9 del decreto que reformó las leyes electorales de Tlaxcala, ya que preveían ampliar la duración de los mandatos de diputados locales, alcaldes, regidores y síndicos de tres a cuatro años.
La sentencia aprobada señala que la Constitución impide dicha ampliación de los mandatos en sus artículos 115 y 116, por lo que prologar el cargo de quienes resulten electos en los comicios estatales de 2016, resultaba contrario a dicha disposición y no se podía justificar bajo el pretexto de homologar elecciones estatales y federales.
La Suprema Corte ordenó al Congreso de Tlaxcala legislar en los próximos 30 días naturales a la notificación del fallo, para el efecto de aprobar una nueva legislación que homologue los comicios locales y federales para julio de 2018, lo que se puede hacer recortando los periodos para los cuales se elige a un alcalde o a un diputado local, pero no ampliando el plazo de su cargo.
Además, la Corte declaró la validez de los artículos que prevén disminuir a los integrantes del Congreso local y de las normas que permiten registrar de manera simultánea a un aspirante que compite por una diputación de mayoría y por una curul de representación proporcional, mejor conocida como diputación plurinominal.
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