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Xalapa .— En 209 de los 212 municipios veracruzanos entró en vigor un nuevo Reglamento de Tránsito que endurece penas a los conductores, da preferencia a los peatones, pero también les establece obligaciones, y prevé sanciones económicas y prisión por actos de corrupción en contra de ciudadanos y agentes de tránsito.
El ordenamiento legal estatal fue acogido por 209 municipios donde ya se aplica desde ayer; mientras que en Boca del Río, Tuxpan y Córdoba se rechazó el reglamento porque el servicio está municipalizado o porque las autoridades están en contra de las tasas impositivas.
El director general de Tránsito del estado, Edmundo Martínez Zaleta, informó que los oficiales de las 76 delegaciones de Tránsito levantarán las multas correspondientes a los automovilistas, según las nuevas disposiciones.
Rechazó que el reglamento, que tenía 27 años sin actualizarse, cuente con fines recaudatorios; trata, dijo, de prevenir accidentes mortales.
Comentó que se registran 10 mil accidentes viales en Veracruz al año y atribuyó los percances principalmente a la irresponsabilidad de conductores, que a veces usan teléfonos celulares y rebasan los límites de velocidad.
Entre las obligaciones para los conductores que indica el reglamento (www.veracruz.gob.mx/reglamentodetransito) están: portar toda la documentación del vehículo en regla y licencia, verificación vehicular. Incluso, se permite infraccionar a “los vehículos que se detengan por falta de combustible en la vía pública”.
Se imponen multas a conductores que no den paso a peatones o conduzcan en estado de ebriedad; se establecen legalmente los retenes alcoholímetro. Si la prueba de alcoholemia de un conductor supera el nivel permisible, será arrestado hasta por 36 horas.
El reglamento da prioridad a los peatones, pues los automovilistas deberán darles el paso, siempre y cuando intenten atravesar las calles por las esquinas; pero también existen obligaciones para los ciudadanos.
Por ejemplo, se les exige atravesar las vialidades por los lugares legalmente establecidos y utilizar los puentes peatonales.
Si una persona que lo acompaña tiene licencia y no presenta aliento alcohólico podrá llevarse el automóvil.
Se fijan años y pesos para que los niños puedan viajar en automóviles en sillas portainfantes o en cojín elevador; y se fijan límites de velocidad menores a los actuales, pues irán desde los 40 kilómetros por hora en avenidas hasta los 80 en carreteras estatales.
Además, impone multas más severas por corrupción de agentes de tránsito, quienes podrían ser condenados a siete años de prisión al comprobarse que incurrieron en tal delito.