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El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) no dará a conocer información sobre los interesados en la licitación de la Red Compartida que solicitaron la opinión en materia de competencia económica al regulador.
“Se han presentado solicitudes ante el instituto y tiene el deber legal de no dar ninguna información hasta que concluya este procedimiento previsto en las bases de licitación”, dijo Gabriel Contreras, presidente del IFT durante la Presentación del Boleto del Metro Conmemorativo del Tercer Aniversario de la institución.
Recordó que en procedimientos similares realizados anteriormente, el IFT no ha revelado información por tener un impedimento legal para hablar sobre procedimientos en curso. Sin embargo, destacó que actúan con total transparencia y cuando puedan dar información pública lo harán.
Una vez que el instituto resuelva esta opinión, los interesados decidirán si acuden o no ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT ) para formar parte del concurso, señaló.
Este lunes venció el plazo para que los interesados en la licitación de la Red solicitaran al instituto su opinión en materia de competencia económica.
Durante el proceso recibieron tres consultas sobre el procedimiento para la solicitud de la opinión.
Subrayó que el proceso de licitación de la Red se lleva ante la SCT, el IFT sólo indica si existe o no algún obstáculo en materia de competencia económica.
Evaluación de preponderancia. A principios de 2017 se darán a conocer las evaluaciones bianuales de preponderancia que se aplicaron a Televisa y América Móvil, expuso el presidente del IFT.
EL UNIVERSAL dio a conocer que el regulador notificó a Televisa sobre el cambio y aumento en las medidas de preponderancia que le fueron impuestas en marzo de 2014.
“Estamos siguiendo la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y es un proceso idéntico a cuando se declararon las agentes económicos preponderantes”, recalcó Contreras.
Además, detalló que los tiempos de los procedimientos en la presentación de pruebas no son simultáneos.
“Hablamos de tiempos que no corren uno después del otro, los plazos varían por ejemplo entre la presentación de una prueba y su desahogo, entre el cierre de la instrucción y la etapa de alegatos”, explicó.