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El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, informó que negó el amparo interpuesto por Telcel contra el del Plan Técnico Fundamental de Interconexión e Interoperabilidad (PTI), emitido por la entonces Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel).
La firma de telefonía celular promovió un amparo contra dicho plan, pero en julio de 2014 el Juzgado Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal resolvió negar dicho proceso jurídico.
Al respecto, la filial de América Móvil interpuso un recurso de revisión ante el Tribunal Colegiado, que resolvió confirmar la sentencia del juez.
El Tribunal precisó que la entonces Cofetel sí tenía facultades para la elaboración de planes técnicos fundamentales y que el ajuste conceptual de términos como interconexión deviene de compromisos asumidos en el Título de Concesión.
“Por lo que es válido que la Cofetel determinara tarifas por su uso de red si no existía acuerdo entre las partes”, indicó el fallo del Tribunal.